México, D.F.-
El gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que establece como obligatorio el esquema de cobro por segundos a los operadores de telefonía móvil en el país.
En el extracto, la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó sobre la adición de un segundo párrafo al artículo 60 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, para quedar como sigue:
“En el caso de servicios de telecomunicaciones que se ofrecen al público consumidor con cargos por concepto de la duración de las comunicaciones, los concesionarios y permisionarios deberán incluir dentro de su oferta comercial planes y tarifas, el cobro por segundo, sin perjuicio de otros planes que se basen en el cobro por minuto, por evento, por capacidad o cualquier otra modalidad”, según la publicación.
El decreto entrará en vigor en los 90 días siguientes a partir de este miércoles.
Los operadores de redes públicas de Telecomunicaciones realizarán las adecuaciones necesarias a sus sistemas de facturación e infraestructura y elaborarán los planes y tarifas considerando el segundo como criterio de medición y cobro, de igual forma, registrarán la tarifa de cobro por segundo, previo a su puesta en vigor, de acuerdo con lo señalado en los artículos 61 y 64, fracción VIII de la Ley Federal de Telecomunicaciones, según el extracto.
Discussion about this post