Monterrey, N.L.-
Fernando Larrazabal, alcalde con licencia, tendrá que regresar a cumplir sus obligaciones, de acuerdo al Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, que no autorizó dejar la alcadía regiomontana.
“Se declara fundado el recurso de queja, a fin de que el Ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva de los actos reclamados, se abstenga de proveer al tercero perjudicado cualquier trámite o solicitud de licencia o separación al cargo de Presidente Municipal”, cita el acuerdo del Tribunal publicado hoy.
Se trata de un juicio de amparo en contra Larrazabal antes de que tramitara su separación, en caso de concretar su salida.
“Y, en su caso, suspenda los efectos del acuerdo de Cabildo de 17 de marzo de 2012, en lo que atañe a la autorización dada, precisamente, a Fernando Alejandro Larrazabal Bretón para separarse de sus funciones como presidente Municipal de Monterrey, Nuevo León, salvo que exista causa de responsabilidad previamente determinada o impedimento físico o mental que amerite su separación”.
Por ello el edil deberá cumplir con sus obligaciones en el Ayuntamiento de Monterrey.
“Además, deberá vigilar que cumpla con las obligaciones de representación popular que le fueron conferidas y que tiene en términos de lo establecido en los artículos 5°, párrafo cuarto, 41, párrafo primero, y 115, fracción I, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
El juicio interpuesto por un ciudadano, representado por el mismo abogado que integró un juicio similar contra la licencia que había solicitado Ivonne Álvarez para salir de la alcaldía de Guadalupe y contender por una senaduría, fue admitido por el Juez Tercero de Distrito en Materia administrativa el 13 de marzo pasado.
La audiencia constitucional para analizar el caso está programada para el 12 de abril.
De acuerdo con las disposiciones en materia electoral, los alcaldes que busquen contender por un puesto en el Senado deberán estar separados de sus puestos al menos 90 días antes de la elección.
En este caso la fecha límite es el 30 de marzo, por lo que si los funcionarios continúan en sus puestos originales a partir de esa fecha ya no podrían participar como aspirantes.
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