México, D.F.-
Cuando Robert Ballard descubrió en 1985 a 4 mil metros de profundidad, en las costas de Terranova, los restos del Titanic, optó por no llevarse ninguna pieza del barco por respeto a los muertos y sus familiares, según afirmó después, pero la empresa RMS Titanic Inc. adquirió los derechos de rescate del naufragio y recuperó en más de 25 años una importante colección de objetos, valuada en casi 189 millones de dólares.
Así, el Titanic no podía beneficiarse de la protección de la Convención para la Protección del Patrimonio Subacuático, adoptada por la UNESCO en 2001, ya que ésta sólo se aplica a los vestigios sumergidos desde hace al menos un siglo.
Después de dos décadas de saqueos, destrucción, pillajes, venta y dispersión, el Titanic adquirió en abril pasado, en el marco de los 100 años de su hundimiento (14 de abril de 1912), la protección de la Organización de las Naciones Unidas para la Ciencia, la Educación y la Cultura (UNESCO).
De acuerdo con la declaratoria del organismo, los estados signatarios de la Convención para la Protección del Patrimonio Subacuático podrán “prohibir la destrucción, el saqueo, la venta y la dispersión de los objetos encontrados en el barco”. Pero, Estados Unidos, uno de los países donde operan las grandes empresas de cazatesoros, no figura entre las 41 naciones que han ratificado la Convención.
“Estados Unidos se niega a firmar porque muchas compañías de cazatesoros del mundo tienen su eje de operación en ese país”, dice Jorge Manuel Herrera, especialista en arqueología marítima por Universidad de Southampton, Reino Unido, y catedrático en el Instituto de Investigaciones Antropológicas de la UNAM.
El caso del Titanic ilustra, a gran escala, las formas de saqueo y vandalismo a los que están expuestos los bienes culturales sumergidos en México y el mundo.
Una niña pérdida en México
En México, el patrimonio cultural sumergido se encuentran protegidos en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos de 1972, y mediante la suscripción y ratificación de tratados internacionales como la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, así como la Convención para la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático de la UNESCO, vigente desde 2009.
Pero estas disposiciones legales no alcanzan a proteger la oleada de saqueos y actos de vandalismo en cientos de embarcaciones sumergidas y miles de ofrendas que yacen ocultas en mares, ríos, lagos, cenotes y cuevas, que forman parte de la riqueza cultural del país.
En días pasados, arqueólogos y buzos profesionales del proyecto “Estudio de los grupos humanos precerámicos de la costa oriental de Quintana Roo”, dieron a conocer la desaparición de un esqueleto de más de 10 mil años de antigüedad que yacía en la cueva Chan Hol, en Tulum.
Los integrantes del proyecto demandaron la desaparición de algunas partes de la osamenta bautizada como “La niña robada de Chan Hol” o “Chan Hol II”, y calificaron el hecho como un acto de vandalismo, posiblemente perpetrado por buzos exploradores que, movidos por los celos o por maldad, escondieron o retiraron del cenote parte de la osamenta, destruyendo así parte de un importante rompecabezas que permitiría a los especialistas conocer más sobre los primeros pobladores de América.
“La Ley te puede garantizar que puedes tener hasta un vigilante en cada sitio o algo así, pero todo esto es mucho más complejo”, considera Arturo González González, director del Museo del Desierto en Coahuila y coordinador de dicho proyecto de investigación.
Por su parte, el integrante del Mexican Exploration Proyect y director de la organización Buceo en Cenotes y Mar (Bucema AC), en Quintana Roo, Alejandro Álvarez, admite que el INAH está “rebasado” para impedir este tipo de saqueos:
“Las restricciones son pocas y el INAH no ha querido tomar cartas en el asunto, principalmente por falta de presupuesto. Se encuentran, sí, rebasados, sin capacidad de control en el acceso, en la vigilancia”.
“También es cierto es que el INAH no tiene control sobre quienes entran a los cenotes a explorar las cavernas. Tú le pagas al dueño y entras”, añade Álvarez.
Y es que, como sucede con los sitios y zonas arqueológicas en la superficie, los saqueadores del patrimonio cultural sumergido existen a escalas. Desde aquellos buzos exploradores, que al ver un naufragio se llevan algo para su colección, hasta aquellas empresas cazatesoros con tecnología de punta y contratan a especialistas para extraer los tesoros.
Arturo González opina que una de las maneras de proteger esta riqueza cultural es formando más cuadros de especialistas para fortalecer la investigación y, al mismo tiempo, hacer la difusión en torno al patrimonio sumergido. “En la manera en que tu le regresas a la comunidad la historia y los objetos, ellos entienden más por qué hay que conservarlos y cuidarlos, y ese es el primer paso para evitar que se roben piezas del contexto arqueológico”, comenta.
Coincide Jorge Manuel Herrera, quien lamenta que los cazadores de tesoros tengan más éxito entre algunos grupos de la sociedad que los propios científicos. “Han sido muy astutos para hacer creer a grandes sectores de la sociedad que su trabajo es legítimo, que es importante, que forman parte de la aventura de la historia, y que si tu compras una moneda que venga de un naufragio, entonces posees un pedazo de historia. Pero no, posees un cacharro de metal y eso no es la historia. Lamentablemente, la comunidad académica no ha sido tan eficiente en sus estrategias para comunicar este mensaje como sí lo han hecho los cazadores de tesoros”, comenta.
La gente -añade el especialista-, siempre dice: “‘Yo también quiero ser dueño de eso’, pero hay que hacerles entender a todos que son dueños de las piezas rescatadas, que mejor deben ir al museo de su país para verlos, que entiendan que no le pertenece a una sola persona. ¿Por qué tiene que ser dueña una sola persona de algo que es legítimamente una propiedad comunal?”.
Una iniciativa por resolver
Mientras tanto, en la Cámara de Diputados permanece una iniciativa de reforma a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que incluye la incorporación del concepto de patrimonio subacuático. La propuesta, ya aprobada por los senadores, consiste en adicionar un artículo 28 Ter, con el fin de “considerar las características que dispone la Convención para la Protección del Patrimonio Cultural Sumergido de la UNESCO”.
El experto en patrimonio y legislación cultural Bolfy Cottom celebra que se incluya en esta Ley el patrimonio sumergido, pero advierte que las disposiciones que establece el acuerdo internacional deberían ser adaptados al marco constitucional mexicano.
Tomando como modelo las disposiciones de la Convención, la reforma a esta Ley incluiría, entre otras cosas, la idea de proteger a los barcos que hayan estado sumergidos al menos durante 100 años.
“¿Pero, al menos 100 años a partir de cuándo?”, se pregunta Cottom. “Si eso es así, añade, ¿qué sucedería si tenemos una embarcación que se hundió en 1930 con todo y su cargamento, y venía con una función de carácter público? Quedaría fuera de la legislación”, comenta el especialista.
En ese sentido, comenta el antropólogo investigador del INAH, los barcos, naves o buques hundidos en el siglo XX correrían la misma suerte que los bienes catalogados como artísticos, protegidos por el INBAL, cuyos instrumentos legales para su protección siguen siendo débiles.
Discussion about this post