Reynosa, Tamps. / Julio 25.-
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) autorizó a las delegaciones regionales de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas conceder el pago en plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas patronales que se hayan causado durante junio y julio de 2010 en algunos municipios de estos estados.
Jesús Nader Nasrallah, delegado regional del IMSS en Tamaulipas, informó que el acuerdo del Consejo Técnico del organismo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Este autoriza a las Delegaciones Regionales de las entidades mencionadas, como a las Subdelegaciones –en el caso de Tamaulipas-, de Ciudad Mante, Victoria, Matamoros, Nuevo Laredo y Reynosa a que concedan el pago a plazos.
“Podrán hacer el pago en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas que se hayan causado durante el mes de junio y las que se causen durante el mes de julio de 2010, cuyo pago, en el primero de los casos, debió efectuarse a más tardar el día 19 de julio y en el segundo el día 17 del mes de agosto próximo”, dijo.
Nader Nasrallah mencionó con esta medida se verán beneficiados los patrones y demás sujetos obligados con centros de trabajo o cualquier otro establecimiento, ubicados en los municipios tamaulipecps de Abasolo, Aldama, Burgos, Casas, Cruillas, Güemez, Hidalgo, Mainero.
Asó como los de El Mante, Matamoros, Méndez, Padilla, Reynosa, Río Bravo, San Fernando, Soto la Marina, Valle Hermoso, Victoria, y Villagrán.
Dijo que los adscritos a los municipios tamaulipecos afectados por la ocurrencia de lluvias severas en dichas localidades entre los días 28 de junio al 6 de julio de 2010, ocasionadas por el Huracán “Alex”, deberán acreditar que por tal acontecimiento no estuvieron o estarán en posibilidad de cumplir en esas fechas con el pago de las cuotas.
Explicó Nader Nasrallah que esta autorización sólo será aplicable a la parte de la cuota obrero patronal a su cargo, que les corresponda ya que las cuotas respectivas al Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como las que se retengan a los trabajadores, deberán ser cubiertas en los términos y condiciones establecidas.
Dijo que el acuerdo aprobado establece que en el caso de las solicitudes de autorización para el pago en parcialidades, se dispensará el otorgamiento de la garantía del interés fiscal por parte de los patrones y demás personas obligadas.
Precisó que dichas solicitudes deberán presentarse por los patrones y demás personas obligadas al Instituto a más tardar el 31 de julio de 2010, para efectos de gozar de la facilidad administrativa de no garantizar el interés fiscal.
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