Cd. Victoria, Tam.- “Todas las remuneraciones que deriven de una relación laboral para las personas físicas están sujetas al pago del Impuesto Sobre la Renta sin distinción”, afirmó el presidente del Colegio de Contadores Públicos de Ciudad Victoria, Javier de los Santos Valero.
Afirmó que en materia de recaudación de impuestos federales, es obligación de los patrones retener el ISR del salario de los trabajadores y en general por la prestación de un servicio personal subordinado.
El Artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta es muy claro y establece que esa retención deberá ser enterada al fisco aplicando la mecánica y la tarifa instituida para dicho fin.
“Esta recaudación deberá incrementarse acorde al importe del salario del trabajador; el que más gana, más paga, así lo establece la ley”, destacó.
Precisó que el Artículo 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta es claro al señalar que los trabajadores asalariados y con demás prestaciones deben cubrir este impuesto de carácter federal.
“El fisco está facultado y obligado a cobrar el impuesto por el diferencial del salario no incrementado al trabajador en la cantidad que corresponda a esta remuneración: “además existiría la discrepancia entre el salario pactado y el salario base para la retención referida”, dijo Javier de los Santos Valero. (Ramón Mendoza).
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