México, D.F.-
La Cámara de Diputados reformó la Ley Federal del Trabajo para bajar la edad mínima de los menores para trabajar y ahora será de 15 años, con el fin de que se garantice a este sector de la población su pleno desarrollo físico y psicológico.
El dictamen, que fue enviado al Senado, fue aprobado en lo general por 385 votos a favor, uno en contra y siete abstenciones. El documento señala que el trabajo infantil es considerado una actividad económica que, llevada a cabo por personas menores de 15 años, priva a este sector de la población de su dignidad y su niñez, lo cual impide el desarrollo de su potencial y físico y psicológico.
El dictamen señala que tiene la finalidad de propiciar la solución de conflictos entre miembros de la sociedad, con motivo de una denuncia o querella, y que un hecho delictivo pueda ser dirimido mediante procedimientos basados en la oralidad, la economía procesal y la confidencialidad.
Explicó que en el dictamen se norman trabajos peligrosos e insalubres en los que se prohíbe utilizar el trabajo de menores de 18 años y, en cumplimiento a lo dispuesto en el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo, se establece la posibilidad de que puedan desarrollar esas labores, si se garantiza plenamente la salud, seguridad y moralidad de los adolescentes, y hayan recibido instrucción adecuada y específica en esa área de actividad.
Para fijar su postura, la diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD) dijo que, de acuerdo con datos del Inegi, en México hay 29.3 millones de niñas, niños y adolescentes de entre 5 y 17 años; de ese total, 2.5 millones realizan alguna actividad económica; 1.7 millones son hombres y 800 mil mujeres; 746 mil tienen entre 5 y 13 años, y 1.8 millones entre 14 y 17 años.
Precisa que el patrón que infrinja lo dispuesto en el artículo 23 de la ley se le castigará con prisión de uno a cuatro años y será acreedor a una multa de 250 a 500 veces el salario mínimo general.
El artículo 23 estipula que “los mayores de 16 pueden prestar libremente sus servicios, con las limitaciones establecidas en esta ley. Los mayores de 14 y menores de 16 necesitan autorización de sus padres o tutores y, a falta de ellos, del sindicato a que pertenezcan, de la Junta de Conciliación y Arbitraje, del inspector del Trabajo o de la Autoridad Política”.
También quedan prohibidas las horas extras de labor para los menores de 18 años.


