México, D.F.-
Un juez federal deberá resolver en los próximos días si conmuta la pena de prisión de Elba Esther Gordillo por arresto domiciliario debido a vejez y problemas de salud.
Según los alegatos de la defensa de la maestra, quien solicitó formalmente el viernes pasado este beneficio, la autoridad jurisdiccional debe resolver la petición a más tardar en los siguientes tres días hábiles.
Gordillo Morales cumplió 70 años el 6 de febrero y celebró en compañía de sus familiares en la Torre Médica, ubicada en el Reclusorio Sur, en Tepepan. La profesora lleva 710 días en un cuarto de este hospital.
De acuerdo con el artículo 55 del Código Penal Federal, cuando una orden de aprehensión se dicte en contra de una persona mayor de 70 años, el juez podrá instruir prisión preventiva en el domicilio del indiciado, bajo medidas de seguridad.
La norma señala que este beneficio se otorga por oficio o criterio del juez o tribunal que revise el caso o también si la defensa del inculpado lo solicita.
“Una vez dictada la sentencia ejecutoria, la pena podrá ser sustituida por una medida de seguridad, a juicio del juez o tribunal que la imponga de oficio o a petición de parte, cuando por haber sufrido el sujeto activo consecuencias graves en su persona, o por su senilidad o su precario estado de salud fuere notoriamente innecesario que se compurgue la pena”, establece el Código Penal Federal.
Sin embargo, el artículo 55 del derecho subjetivo ni el Código Federal de Procedimientos Penales señalan si existe un plazo específico para que el juez federal responda la solicitud de arresto domiciliario.
Desde el punto de vista de la defensa de Gordillo Morales, no existen elementos para alegar que la maestra pueda fugarse o su figura represente un peligro para la sociedad.
Como antecedente de esta hipótesis, Marco Del Toro, abogado de Gordillo Morales, consiguió que quien fue líder del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) por más de 20 años no asista físicamente a las audiencias, sino que comparezca por videoconferencia en reconocimiento a que se trata de un adulto mayor y presenta problemas de salud.
Juan Carlos Daza Gómez, experto en derecho penal de la Facultad de Derecho de la UNAM, comentó que el artículo 55 del código comentado no contempla la gravedad de los delitos imputados, excepto por la reforma más reciente donde se excluye de este beneficio a los acusados por secuestro.
Pero resaltó que el Ministerio Público Federal puede oponerse a la solicitud que presentó la defensa de Gordillo el viernes pasado al Juzgado Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en la ciudad de México, y el juez federal está obligado a ponderar las observaciones de la Procuraduría General de la República (PGR).
El antecedente más cercano de esta conmutación de pena se encuentra con el ex presidente Luis Echeverría, quien estuvo arraigado en su domicilio por orden de un juez.
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