México, D.F.-
El juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal, Fernando Silva García, dio de plazo a la empresa MVS para que, antes del 27 de abril, llegue a un acuerdo con la periodista Carmen Aristegui para reanudar su noticiario.
Al conceder una suspensión provisional a la comunicadora, el magistrado pidió la conciliación para antes del día en que se lleve a cabo la audiencia, de lo contrario resolverá directamente si procede ordenar que se reanude la transmisión del noticiario. La suspensión provisional, dictada en el juicio de amparo 672/2015, ordena que se dejen de aplicar en un plazo de 24 horas los lineamientos que MVS impuso recientemente a sus conductores.
“Se advierte preliminarmente que se pone en riesgo lo estipulado en el contrato y además sus efectos pueden generar un efecto inhibidor en la libertad de expresión”, resolvió el juzgador.
El pasado 9 de abril Carmen Aristegui interpuso un amparo ante el juez por la extinción unilateral y obligatoria del contrato firmado con la empresa titular de la estación en donde se transmitía su noticiario matutino.
De acuerdo con lo que demandó la periodista, la relación establecida en el contrato Marco de Prestación de Servicios celebrado entre MVS y Aristegui Flores, fue extinguida de forma unilateral y la empresa le habría impedido el acceso a las instalaciones de MVS Radio. “Estamos frente a un caso en el que, de llegarse a consumar —la extinción unilateral del contrato y la imposición de lineamientos— harían físicamente imposible restituir a la suscrita en el goce de los derechos humanos reclamados”, señala la demanda.
“La suspensión que se pide, tanto provisional como la definitiva, debe tener el alcance de ordenar a las responsables que no ejecuten (la extinción unilateral del contrato) y, en esa virtud, debe tener el efecto de que la autoridad responsable dé cumplimiento al Contrato Marco y permita el acceso a las instalaciones de MVS Radio para que continúe las transmisiones del noticiero (…) con todas las consecuencias que ello”, se lee en el acto reclamado.
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