México, D.F.-
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) entregar la versión pública de la solicitud de pago de gastos no recuperables del proyecto de construcción del Tren de Alta Velocidad México–Querétaro, que presentó el consorcio ganador de la licitación.
Lo anterior, aun cuando el contrato no se firmó con el consorcio conformado por las empresas Constructora y Edificadora GIA, Constructora TEYA, China Railway Construction, Y CSR Corporation Limited, entre otras.
Mediante un comunicado,el INAI indicó que previamente la SCT respondió a la solicitud del particular diciendo que la información está clasificada como confidencial, por tratarse de documentación propiedad de personas morales.
Inconforme con la respuesta, el solicitante acudió al INAI para la revisión de su caso, mismo que fue turnado a la comisionada Areli Cano Guadiana para su resolución.
Durante la exposición del caso, la comisionada Cano indicó que la Ley de Obras Públicas establece que si una dependencia no firma el contrato derivado de una licitación pública, el ganador puede reclamar el pago de los gastos relativos a honorarios del personal técnico, profesional y administrativo, materiales de oficina utilizados, uso del equipo de oficina y fotocopiado, impresión de planos, emisión de garantías y viáticos para asistir a las diversas etapas del procedimiento, siempre que éstos sean razonables y estén debidamente comprobados.
En su análisis, la comisionada ponente refirió que si bien la documentación comprobatoria de los gastos es de carácter confidencial, la solicitud de reclamación es, en general, un documento público ya que fue entregado como parte del procedimiento que establece la ley.
Por lo anterior, el Pleno del IFAI modificó la respuesta de la SCT y le instruyó entregar la solicitud de reclamación para el pago de los gastos no recuperables del consorcio ganador de la licitación del proyecto del Tren de Alta Velocidad México-Querétaro y, en su caso, elaborar la versión pública de dicho documento en la que no consten datos personales.
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