México, D.F.-
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer los amparos promovidos por las empresas Telmex-Telcel y América Movil, del empresario Carlos Slim, con los que éstas buscaban obtener una suspensión sobre la declaración del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sobre su preponderancia.
En los amparos, los abogados de estas empresas impugnaban la reforma constitucional de telecomunicaciones de 2013 y por unanimidad los cinco ministros integrantes determinaron no atraer los amparos como lo solicitaron las empresas.
El pasado 6 de marzo el IFT declaró a Televisa y a Grupo Carso como
preponderantes en los sectores de radiodifusión y telefonía, respectivamente, y les impuso una serie de obligaciones y prohibiciones, contenidas en el artículo octavo transitorio la reforma constitucional.
Los ministros sostuvieron el mismo criterio que con Televisa, a quien también le rechazaron su amparo en el mismo sentido.
De esta manera, estas resoluciones definitivas recaerán en los tribunales colegiados especializados en Telecomunicaciones y Competencia Económica.
Los expedientes fueron regresados al Primer Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones y Competencia Económica, mientras que en el caso de Televisa, el asunto se encuentra en el Segundo Tribunal en la materia. Ambos son de nueva creación a partir de la entrada en vigor de la reforma en el sector.
Previamente, los jueces de distrito aceptaron revisar la resolución del IFT, pero rechazaron por notoria improcedencia la revisión de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones.
Lo anterior porque la nueva Ley de Amparo prohíbe que a través del amparo se puedan impugnar modificaciones a la Constitución.
Discussion about this post