Torreón, Coah.-
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, otorgó un amparo a David Driedger Klasse, un habitante de la colonia menonita en Sierra Mojada, Coahuila, luego de que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) resolvió una multa de 14 millones de pesos a la comunidad por supuestamente cambiar el uso de suelo sin autorización.
María Dolores Ortiz, abogada de la comunidad, mencionó que se ganó el primero de 25 amparos —correspondientes a las 25 familias del predio El Comanche— contra la resolución PFPA/12.5/2C.27.2/0105/2015 de Profepa y ya se revirtió la sentencia 1868/16-EAR-01-11 inicial de la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación.
Ortiz explicó que se había inconformado ante la resolución de la Sala Especializada, donde la dependencia había interpuesto una multa por 673 mil pesos en contra de David Driedger Klassen por presuntamente modificar el uso de suelo forestal a agrícola.
Según el Tribunal Colegiado, los terrenos donde se instalaron los menonitas en el estado, o al menos los de David Driedger, no eran forestales ni preferentemente forestales. El expediente en el que se obtuvo sentencia a favor es el amparo directo 99/2017, donde se protege a David Driedger, a quien multaron por 101.5 hectáreas.
La sentencia establece, de acuerdo con la copia del expediente en poder de EL UNIVERSAL, que “sólo se pudo constatar la existencia en zonas aledañas de un cierto tipo de vegetación propia de zonas áridas, pero no que ésta tuviera las características e interacciones biológicas que conforme a la ley caracterizan a la vegetación forestal, elemento de un terreno forestal”.
La abogada precisó que las demandas y multas de la Profepa habían sido individualizadas. Según el comunicado, la comunidad menonita había modificado 2 mil 300 hectáreas de uso forestal, y les había interpuesto una multa global de 14 millones de pesos.
“Se revoca la sentencia y declara el tribunal la nulidad del procedimiento de la resolución administrativa de la Profepa que había emitido la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, asimismo, la sala ya emite la nulidad de la resolución impugnada. Es un primer fallo, falta todavía mucho camino”, comentó Ortiz.
Otro punto que señala la resolución del Segundo Tribunal Colegiado es que el dictamen técnico del predio fue elaborado con respecto de otro lugar y no del que le pertenece al quejoso (Driedger), lo que “no tiene un alcance probatorio para sostener que el predio era un terreno forestal”.
Ortiz afirmó que tienen cómo defender a los menonitas, pues expuso que las actuaciones de la Profepa están viciadas, y un ejemplo, insistió, es el primer fallo que se acaba de dar.
La litigante recalcó que los predios donde se instalaron los menonitas no son territorios forestales y aseguró que tienen los documentos que lo comprueban.
Además, aseguró que es una lucha de los menonitas, los cuales, refirió, han sido engañados “brutalmente”, ya que han comprado desde 2009 alrededor de 12 mil hectáreas en esta zona.


