Ciudad de México.-
Tras considerar que el Instituto Nacional Electoral (INE) violentó el derecho de audiencia de Jaime Rodríguez Calderón “El Bronco”, al impedir de manera unilateral la revisión de las firmas de apoyo que presentó para contender como candidato a la presidencia de la República, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al instituto revocar el acuerdo que negaba el registro presidencial del gobernador con licencia de Nuevo León.
Con cuatro votos a favor y tres en contra, entre ellos el de la presidenta Janine Otálora Malassis, se determinó que Rodríguez Calderón sí podrá participar en la contienda electoral.
En el marco de una sesión de carácter de urgente, misma que originalmente había sido fijada a las 20:00 horas, que luego fue aplazada a las 21:15 y finalmente inició a las 21:40, los magistrados electorales dieron su fallo sobre los juicios ciudadanos SUP-JDC-186/2018 y SUP-JDC-201/2018 promovidos por Jaime Rodríguez Calderón contra el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
En el proyecto de resolución, los magistrados consideraron que el INE le negó el derecho de audiencia a “El Bronco” pues, aunque acudió en 12 ocasiones a comparecer para demostrar la validez de las firmas que presentó, no le dieron el tiempo suficiente para defenderse al negarle la revisión de la totalidad de las firmas presentadas, como lo solicitó en dos ocasiones.
Entre las fallas detectadas por el tribunal al resolutivo del INE, se encuentra que nunca le informaron a Rodríguez Calderón las causas o supuestos del motivo de la negativa para aceptarle una firma, lo que representó una decisión unilateral.
Además, para los magistrados, la tendencia que mostró la cantidad de firmas validadas durante los cinco días de revisión de las mismas otorgado por el INE, hacen pensar que, si hubiera continuado el proceso, el aspirante habría alcanzado el mínimo de firmas solicitadas por la ley.
En su posicionamiento, el magistrado José Luis Vargas criticó duramente al INE al considerar que actuó de manera “desaseada”, además de que algunos de sus consejeros se excedieron en las críticas durante la conferencia de prensa donde anunciaron que Rodríguez Calderón no había alcanzado el mínimo de firmas.
Ante ello, el tribunal ordenó al INE dar por cumplido el requisito de cumplimiento de firmas mínimas y otorgarle a “El Bronco” su registro como candidato presidencial.
Estas mismas resoluciones aplicarían para Armando Ríos Piter, quien también estaría en condiciones de buscar la presidencia de la República.