Monterrey, N.L.-
A fin de evitar la criminalización de mujeres que actúan en legítima defensa frente a sus agresores el grupo legislativo de Movimiento Ciudadano presentó dos iniciativas de reformas a ordenamientos legales de Nuevo León en el Congreso del Estado.
Acompañada de la titular de la Secretaría de las Mujeres, Graciela Buchanan Ortega, y la diputada, Melisa Peña Villagómez e integrantes de su bancada presentaron las propuestas en el marco de las acciones rumbo al 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Peña Villagómez remarcó que las iniciativas propuestas pretenden garantizar una vida libre de violencia para todas las mujeres y corregir prácticas institucionales que históricamente han juzgado sin perspectiva de género.
Actualmente, dijo, que “en Nuevo León y el país, todavía las mujeres recibimos condenas sin revisar como tema de género, al defenderse de violentadores, de feminicidas, por lo que buscamos proteger a las mujeres de los actos de violencia que todos los días viven”.
La primera iniciativa busca reformar los artículos 17 y 20 del Código Penal para el Estado de Nuevo León, para incorporar la perspectiva de género en los supuestos de legítima defensa.
En el Artículo 17 se propone que se presuma la legítima defensa cuando el acto sea cometido por una mujer que rechace una agresión actual contra su persona o un familiar, o que haya actuado ante el temor de ser agredida, siempre y cuando exista antecedente de haber sufrido violencia previamente por parte del ofendido.
Buchanan Ortega explicó que, para juzgar estos casos, debe tomarse en cuenta el historial de violencia, aunque no existan denuncias formales, siempre que haya testigos u otros elementos que acrediten la situación.
La secretaria de las Mujeres en el estado, subrayó “la inequidad en el juzgar con perspectiva de género atado a las mujeres que, defendiendo su honor, su vida, o la de su familia, o su integridad física en general, son privadas de la libertad por defenderse contra quien las ha agredido, por defenderse de quien las ha violentado, por defender a sus hijos, a su familia”.
En el Artículo 20 se busca establecer que no se considerará exceso en la legítima defensa cuando la acusada sea una mujer con antecedentes de haber sido víctima de violencia del ofendido, y la agresión hubiera sido consecuencia del miedo o temor fundado a sufrir un ataque.
La exposición de motivos señala que a las mujeres sometidas a violencia no se les puede exigir una reacción racional, fría o proporcional.
La segunda iniciativa propone adicionar el Artículo 24 Bis 15 a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el fin de proteger a las mujeres que son criminalizadas por haberse defendido de su agresor.
Se plantea que en los procesos penales donde existan elementos objetivos que permitan establecer la presencia de legítima defensa motivada por violencia familiar o feminicida, las autoridades competentes deberán otorgar o solicitar inmediatamente y de oficio, las órdenes de protección necesarias.
Dicha medida busca evitar que la mujer, aun siendo imputada, continúe expuesta al mismo riesgo y asegurar su protección inmediata, digna y efectiva, impidiendo nuevas agresiones o represalias durante el proceso penal.
La titular de la Secretaría de las Mujeres enfatizó que “un Estado que acompaña a las mujeres que han resistido la violencia es un Estado que salva vidas”.
Buscan evitar criminalizar a mujeres que se defienden de sus agresores


