La semana pasada Greg Abbot, gobernador de Texas, publicó una ley que prohibirá en las escuelas públicas a niñas transgénero (HaM) participar en deportes de niñas de nacimiento o cis mujer. La ordenanza no gustó a organismos en pro de los derechos de las personas trans y tampoco en la Casa Blanca.
Competir, en cualquier ámbito, implica hacerlo en igualdad de circunstancias para aceptar sin objeciones al ganador. Sin embargo, en aras del derecho de las personas la igualdad toma otros matices.
Así lo denotó la intención del COI al permitir el acceso de deportistas transgénero a los Juegos Olímpicos que, aunque en Tokio 2020 fue apenas uno (un pesista varón venido a mujer; HaM), el hecho fue muy controversial que hasta hizo dudar al mismo organismo, que se comprometió a ofrecer una nueva resolución al término de Tokio 2020, lo que aún no ha pasado.
Casos de reasignación de sexo e hiperandrogenismo (exceso de hormonas sexuales masculinas) han estado presentes en el deporte femenino desde que este se tornó competitivo.
“Ambigüedades sexuales” llegó a llamar el COI estos casos. Uno de los primeros del que se tiene información es el de Stanislawa Walasiewicz, su nombre cuando nació en Polonia, o Stella Walsh como estadounidense después que emigró a esta nación. Ella ganó oro y plata en 100 m en Los Ángeles 1932 y Berlín 1936. Tras su muerte en 1980 se descubrió en ella intersexualidad, es decir, características de los dos géneros.
Siguieron presentándose muchos casos en todas las épocas y hasta en esta, destacándose más los de HaM por las ventajas que ello supone.
Infinidad de estudios han demostrado que el HaM sigue superando por mucho a la mujer: sistema musculoesquelético más grande, más palanca, más envergadura y zancada, mayor caja toráxica, pelvis estrecha… En 12% ubican los estudios esa ventaja, aún dos años (el COI solicita uno) después de un tratamiento con hormonas femeninas para disminuir la fortaleza. En la halterofilia la ventaja se sitúa entre 30-40% y en el tenis, tan solo en el saque, puede ser de 160%.
Ante estas evidencias científicas algunos organismos deportivos impusieron lineamientos específicos: en el rugby femenino, en ciertos países, los HaM no deben participar, el atletismo tasó el tope de testosterona en 5 nanomoles por litro de sangre al considerar que una cantidad mayor aumenta en 4.4% la masa muscular, entre 12-26 % la fuerza y un 7.8 % la hemoglobina.
Y todo obligado porque en 2015 el COI modificó las pautas del Consenso de Estocolmo 2003: eliminó el requisito de la cirugía de reasignación de sexo que debía hacerse antes de la adolescencia y los dos años de actividad competitiva en el nuevo género.
La nueva directriz del COI situó los niveles de testosterona en 10 nanomoles y mantenerlos así durante un año para que un HaM pueda competir entre mujeres.
El atletismo mundial sitúa la testosterona en mujeres en 0.12-1.79 nanomoles como parámetros normales y de 7.7-29.4 en hombres; adujo que en una mujer la posibilidad de un tumor o una anormalidad sexual podrían dispararla por arriba de 5.
La genética es caprichosa y única en cada persona, imposible exigirle igualdad; empero, la estandarización de umbrales en muchos entornos garantiza altos grados de equidad. Debiera ser lo mismo en el deporte femenino.
El autor es periodista deportivo desde 1988. Ha cubierto mundiales de atletismo, ciclismo, el Tour de Francia y cuatro Juegos Olímpicos. Es organizador deportivo, maestro en comunicación y doctorando en filosofía por la UANL, donde ejerce docencia e investigación.