México, D.F.-
Desde el 21 de febrero, cuando inició el programa de regulación de ambulancias en el DF, la Agencia de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud ha verificado 364 vehículos que cumplen con todos los requisitos para ofrecer el servicio, informó Elizabeth Toxqui Terán, directora de Servicios de Salud y de Cuidados Personales de la Agencia.
En entrevista, agregó que al menos 20 empresas privadas más han solicitado información para verificar sus vehículos de emergencia, cada una con tres o cinco unidades, lo que equivale a unas 100 ambulancias más en proceso de verificación.
Aunque la Secretaría de Salud, a través de la Agencia de Protección Sanitaria, trabaja en la integración del censo de las ambulancias que operan en el DF -pues existen muchas que no están reguladas, las llamadas “patito”-; la Secretaría de Transportes y Vialidad (Setravi) ha manejado el estimado de mil 200 unidades, explicó la funcionaria.
De cualquier forma, el programa operado por la Agencia de Protección Sanitaria tiene 2 mil juegos de placas numeradas para entregar.
De acuerdo con Armando Ahued, secretario de Salud del gobierno capitalino, la falta de orden en el servicio de atención médica de emergencia ha provocado que ambulancias “patito” abusen de distintas maneras.
De manera irregular, los tripulantes interceptan la frecuencia del Centro Regulador de Urgencias Médicas (CRUM) o de la policía y llegan antes que los servicios oficiales al lugar de la emergencia.
Entonces, llevan a los pacientes a hospitales con los que tienen convenio, cobran el servicio y con exceso, dan atención poco eficiente y, en algunos casos, hasta roban sus pertenencias, como lo ha explicado el funcionario.
Es común observar a estos vehículos “patito” que aprovechan las torretas y el letrero de “ambulancia” para violar el Reglamento de Tránsito Metropolitano. Aún sin dirigirse a una emergencia, circulan por carriles exclusivos del transporte público y sin placas, se estacionan en lugares prohibidos como banquetas y camellones o en doble fila, usan la sirena y rebasan los límites de velocidad.
Incluso, sus tripulantes no cuentan con licencia de conducir específica y piden dinero en las esquinas a los automovilistas con el argumento de comprar medicamentos y material para la unidad.
– Empieza la regulación
El pasado 21 de febrero, el jefe de gobierno capitalino, Miguel Ángel Mancera, dio el banderazo de salida a más de 70 ambulancias de servicios locales y federales, públicas y privadas, verificadas por la Agencia de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud.
Previamente, estos vehículos pasaron por un proceso especial para obtener un dictamen técnico -con seis candados de seguridad que evitan falsificaciones- placas especiales emitidas por la Setravi y una calcomanía que certifica el cumplimiento de los requisitos de ley.
Estas medidas fueron especificadas en las reformas a la Ley de Salud del DF, publicadas el 17 de agosto de 2012. También se ajustan al cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana (NOM-237-SSA1-2204) que rige la regulación de los servicios de salud y la atención prehospitalaria de las urgencias médicas.
Así, todos los vehículos de la Secretaría de Salud, el Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicio Social para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), la Cruz Roja Mexicana, la Asociación de Servicios Privados y Atención Prehospitalaria (ASAP) y las 16 delegaciones del DF deben pasar por este proceso.
El gobierno capitalino informó que todas las dependencias tendrán seis meses (el límite es el 30 de agosto) para cumplir con esta verificación. Después de esa fecha, toda ambulancia que no cuente con las placas, la calcomanía y el dictamen, será remitida al depósito vehicular y no podrá salir hasta que cumpla con la ley.
– Los requisitos de ley
La NOM 237 indica que hay cuatro tipos de ambulancias: traslado o transporte de pacientes, urgencias básicas, urgencias avanzadas y cuidados intensivos.
La página web de la Secretaría de Salud presenta la “Guía Técnica Sanitaria para la Operación de Ambulancias en el DF”, con 22 disposiciones que las ambulancias deben cumplir para poder dar servicio.
Entre ellas, se cuenta que deben estar debidamente identificadas, tener el equipo de seguridad y protección del paciente y personal adecuado, cumplir con las disposiciones para el manejo de los residuos peligrosos biológico-infecciosos, su personal debe recibir capacitación periódica, así como el vehículo y el equipo, mantenimiento habitual.
Además, debe apegarse al Reglamento de Tránsito Metropolitano y las reglas en materia de emisión de contaminantes de la Secretaría del Medio Ambiente.
En cuanto a personal, deben tener un operador con cursos afines a la atención prehospitalaria de las urgencias médicas acreditados, así como al menos un técnico en urgencias médicas con diploma legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
La guía especifica los recursos y equipo médico, los suministros, medicamentos y soluciones que debe tener cada tipo de ambulancia.
Las de cuidados intensivos son las que deben estar mejor equipadas, al grado de poder ofrecer el servicio de quirófano móvil.
Luego de que las unidades hayan sido sometidas a una autoverificación, sus dueños o representantes deberán llenar el Formato de Solicitud de Visita de Verificación Sanitaria que ofrece la Agencia.
Esta autoridad revisa que se cumplan todos los requisitos y sólo entonces emite el dictamen técnico, pasa un número de folio a la Secretaría de Transportes y Vialidad para que ésta distribuya la placa y la unidad pueda dar el servicio.
– ¿Quiere tener una ambulancia?
Elizabeth Toxqui, directora de Servicios de Salud y de Cuidados Personales de la Agencia de Protección Sanitaria, explicó que con este nuevo programa, “si alguien quiere tener una ambulancia y se compra un vehículo, tiene que cumplir como todos los requisitos de la Norma 237”.
Además, dice, “el personal tiene que estar capacitado para revisar a la persona que sufrió el accidente y contar con todo lo necesario para salvar su vida”.
Independientemente de las medidas médicas, los vehículos deben cumplir con los requisitos que exige la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ya sea que pertenezcan a una institución pública o privada.
Para operar una ambulancia se necesita tener un documento que avale al operador y a los tripulantes.
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