México, D.F.-
Aunque desde 2004 la Ley Federal de Responsabilidad Administrativa de Servidores Públicos plantea que las declaraciones patrimoniales son una herramienta de combate a la corrupción, en la práctica faltan mecanismos eficaces para la rendición de cuentas de los empleados públicos gubernamentales en todos los niveles, aseguran especialistas.
El 17 de enero pasado, el presidente Enrique Peña Nieto y su gabinete -a excepción del titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Jesús Murillo Karam- quien no publicó sus bienes) presentaron versiones públicas de sus declaraciones patrimoniales, pero omitieron dar a conocer el valor de sus propiedades, el origen de donaciones de autos, casas y terrenos.
Tampoco dieron a conocer los bienes y adeudos de cónyuges, concubina o concubinario y, de sus dependientes económicos a la fecha de inicio del encargo, como marca la ley.
Eréndira Avendaño, coordinadora del Programa de Gasto Público y Transparencia de la organización México Evalúa, asegura que todos los empleados del Poder Judicial, Legislativo, y Ejecutivo por ley deben presentar sus declaraciones patrimoniales, el problema es que nadie fiscaliza ese mecanismo.
Explica que las declaraciones patrimoniales de los empleados del Ejecutivo son revisadas por la Secretaría de la Función Pública (SFP), donde hay ciertos avances como Declaranet, mientras que el Legislativo y el Judicial son poco transparentes.
Mientas que las declaraciones de bienes de los diputados federales están bajo la vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación. En el caso del Senado de la República la Contraloría Interna tiene el control del registro de declaraciones patrimoniales de los 128 legisladores.
En el Poder Judicial, la información de las declaraciones patrimoniales de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la información es considerada como “confidencial”, pues por contener datos personales de su patrimonio no se cuenta con la autorización de los ministros para publicitarla.
– Versiones públicas
Guillermo Ávila, investigador del área de Transparencia y Rendición de cuentas de Fundar, Centro de Análisis e Investigación, agrega que debería haber versiones públicas de todas y todos los funcionarios, sin importar el nivel de gobierno o el poder de la unión en el que trabajen.
“Una versión pública deber ser un documento con información relevante sobre los montos de sus bienes, patrimonio, situación financiera, préstamos, adeudos, pero respetando los datos personales, como el número de cuenta o que no se conozcan los datos personales de la o el cónyuge, durante su ejercicio como funcionario”, detalla Ávila.
Para ello -explica el investigador- es necesario reformar el artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidad Administrativa de Servidores Públicos, para que todas las declaraciones sean públicas y no dejar a la elección del funcionario si son difundidas o no.
La SFP señala que la declaración de situación patrimonial es uno de los instrumentos que tiene para la vigilancia de los servidores públicos relativo a su situación patrimonial en el desempeño de su cargo, para verificar que se conduzca en apego de las normas que regulan sus funciones y “para evitar todo acto de corrupción que lesione al erario público”.
Avendaño asegura que las declaraciones fueron ideadas como un mecanismo de control de abusos y contra la corrupción, pero éste tiene grandes huecos.
“El objetivo era tener un registro de información que permitiera identificar anomalías o enriquecimiento ilícito, que tiene que ver con abuso del poder en la administración de los recursos públicos. Pero tal cual y está diseñada no es suficiente.
“Los servidores públicos tienen la discrecionalidad y libertad de declarar lo que ellos quieran, por otro lado no existe un mecanismo por parte de la autoridad que haga una revisión de fiscalización por oficio; esto es que haya un sistema de alertas sin que medie una denuncia, advierta si hay inconsistencias en las declaraciones patrimoniales o un salto abismal en los bienes de un servidor público reportados entre un año y otro”, explica Avendaño.
La maestra en Administración y Políticas Públicas del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) señala que además existe otro problema, la ley no contempla un mecanismo para verificar que lo que declaran los servidores públicos es correcto.
Es decir, explica, para que la autoridad pueda detectar un “abuso”, alguien tiene que presentar una denuncia en los órganos internos de control (auditorías preventivas, según la reforma a la ley orgánica) quien debe investigar este tipo de anomalías y por eso este mecanismo no funciona.
Guillermo Ávila coincide en que la eficacia para detectar anomalías por medio de las declaraciones patrimoniales depende las instituciones que se encargan de evaluarlas y revisarlas.
“Sirven en la medida de que son una parte del amplio sistema de rendición de cuentas, pero sólo son un elemento, pueden dar información importante que dé pistas de si ha variado o no la situación patrimonial de los funcionarios, pero si eso no tiene ninguna consecuencia en las entidades fiscalizadoras no están cumpliendo con su propósito”, afirma.
– Las Sanciones
De acuerdo con el sexto informe de labores de la SFP, de la pasada administración, entre septiembre de 2011 y julio de 2012 recibió 303 mil 856 declaraciones de situación patrimonial, de las cuales 240 mil 77 corresponden a declaraciones patrimoniales anuales de modificación.
Unas 41 mil 733 fueron declaraciones iniciales de servidores públicos y 22 mil 46 corresponden a declaraciones patrimoniales de conclusión de cargo.
En ese mismo periodo, la Dirección General Adjunta de Verificación Patrimonial de la dependencia recibió sólo 17 expedientes de evolución patrimonial para su revisión y análisis, para determinar la existencia de elementos o datos que motivaran citar a los servidores públicos sujetos a investigación.
De acuerdo con el informe de los casos en trámite tres se remitieron a la Dirección General de Información e Integración, encargada de investigar la evolución patrimonial de los servidores, y seis fueron concluidos, de los cuales:
Cuatro fueron remitidos al Ministerio Público de la Federación a solicitud de la PGR; uno a una unidad de Asuntos Jurídicos de la SFP, para la denuncia correspondiente por la existencia de elementos de enriquecimiento inexplicable y uno fue archivado por no contar con elementos para la remisión.
Avendaño considera que no se trata de echar a la basura lo que se ha avanzado, sino mejorar los mecanismos.
Ávila reitera que se debe estipular en la ley la obligatoriedad de publicar versiones públicas de las declaraciones patrimoniales y quitarle al funcionario la posibilidad de decidir si son públicas o no.
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