México, D.F. / Octubre 21.-
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo un juicio en el que un hombre reclama la paternidad de un menor que fue reconocido como hijo dentro de un matrimonio.
En una información que publican en su página web, los ministros ofrecen determinar si un tercero está legitimado o no para reclamar la paternidad de un menor que ha sido reconocido como hijo dentro de un matrimonio.
No se dan detalles de las circunstancias que rodearon la separación entre el presunto padre biológico y el pequeño.
En este juicio, los integrantes de la Primera Sala de la Corte precisan que, además de analizarse a la luz del interés superior del menor, “trascenderá en los valores sociales reconocidos por el Estado mexicano, puesto que repercutirá en su integración familiar y en los derechos y obligaciones que de la decisión final resulten”.
El juicio deriva de una acción de contradicción de paternidad sobre un menor de edad promovida por un señor que afirma ser el padre biológico, en contra de una señora y su esposo cuyos apellidos lleva y con los cuales fue registrado el menor.
Ante la negativa de la señora demandada de presentar al menor a la prueba en genética molecular, el juez de lo familiar tuvo por ciertas las afirmaciones del actor en el sentido de ser el padre biológico.
La señora y su esposo inconformes promovieron el recurso de apelación, el cual fue negado, pero éste último promovió el amparo que hoy se ejerce.
La Sala consideró que el problema planteado cumple con los requisitos de interés de trascendencia, pues también estarán en la posibilidad de resolver si la procedencia de la prueba de ADN, promovida por un tercero, atenta contra el interés superior del menor, en el caso de que éste ya haya sido reconocido como hijo dentro de un matrimonio y, por tanto, exista ya un vínculo de pertenencia a una familia.
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