México, D.F.-
La Cámara de Diputados aprobó por 361 votos a favor y 11 en contra reformas al Código Civil federal, a fin de establecer que para contraer matrimonio tanto el hombre como la mujer deberán haber cumplido la mayoría de edad, es decir 18 años.
De igual forma, según el dictamen que recibió el aval del pleno y se turnó a la colegisladora para su análisis y eventual ratificación, los interesados deberán presentar, como ya se establece, acta de nacimiento y una identificación oficial vigente que lo acredite.
En el documento además se incluye el término “contratantes”, en sustitución del pretendientes.
Los interesados presentarán ante el juez del Registro Civil su solicitud de matrimonio y éste levantará el acta correspondiente en la que se hará constar que son mayores de edad.
También se establece que son impedimentos para celebrar el contrato de matrimonio el uso de la fuerza, la amenaza, la coerción, la violencia o el miedo grave.
De acuerdo con las reformas avaladas el derecho de usufructo concedido a las personas que ejercen la patria potestad se extinguirá con la mayor edad de los hijos.
En las consideraciones se expone que el matrimonio que contraen los menores de edad viola los derechos humanos, independientemente de si la persona involucrada es un niño o una niña.
Sostiene que algunas de las consecuencias negativas de esos casos son la separación de la familia y los amigos, así como la falta de libertad para relacionarse con las personas de la misma edad.
Considera que cumplir 18 años de edad no constituye garantía absoluta de éxito matrimonial, pero permitiría presuponer una mayor madurez de la pareja para afrontar la vida común.
La Convención sobre los Derechos del Niño establece que “se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad” y, por tanto, “el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidados especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”.
Al hacer uso de la tribuna para fundamentar el dictamen elaborado por la Comisión de Justicia, el diputado priista Víctor Emanuel Díaz Palacios señaló que la Constitución mandata en su Artículo 4 la obligación que tiene el Estado de vigilar el desarrollo de la niñez.
Estableció que el matrimonio infantil es un problema a nivel mundial que está en el reflector de diferentes organismos internacionales, “no sólo de carácter global sino por la gravedad del mismo”.
Asimismo, “va en contra de los derechos de los niños y las niñas que se encuentran en esta etapa de su vida y que deciden por ellos a través de una moneda de cambio para mejorar la economía de sus padres o los condenan a vivir con su pareja y a cuidar a los niños teniendo sólo 16 años o menos de edad”, subrayó.
Abundó que en México las cifras que se observan en los matrimonios infantiles son alarmantes.
Díaz Palacios agregó que según el informe que presentó el Unicef casi un cuarto de las niñas mexicanas cumple la mayoría de edad tras haber contraído matrimonio, tener hijos o tener una pareja.
“Miles de niñas se encuentran actualmente casadas, embarazadas o cuidando a sus hijos en lugar de encontrarse disfrutando de su niñez, juventud, gozando de salud y un sano esparcimiento”.
Sobre todo, indicó, preparándose para un futuro y no depender absolutamente de nadie.
Consideró que el matrimonio debe ser producto de una decisión personal que se asume con plena conciencia entre personas adultas y sin la intervención de terceras personas.
Hizo notar que la Constitución Política establece el derecho pleno de ejercer preferencias sexuales, prohibe todo tipo de discriminación y exige al Estado velar por el interés superior de la niñez.
No obstante, precisó, el Código Civil Federal mantiene una serie de disposiciones contrarias que deben ser erradicadas.
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