Ciudad de México.-
Una juez federal decretó el auto de formal prisión en contra del ex gobernador de Tabasco, Andrés Granier Melo, por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, por un monto de 35 millones de pesos, con lo que inicia el juicio penal en su contra.
La juez Cuarto de Procesos Penales Federales, Taissia Cruz Parcero, encontró elementos suficientes para someterlo a proceso, y debido a que el delito es grave, no gozará del beneficio de la libertad bajo caución. El ex servidor público deberá permanecer en prisión.
De acuerdo con la acusación que presentó la PGR, cuyos elementos valoró la juez de la causa, Granier Melo es presunto responsable de operaciones con recursos de procedencia ilícita por más de 35 millones de pesos, de casi 100 millones de pesos que depositó en sus cuentas bancarias durante el periodo 2006-2012.
La causa penal 74/2013 indica que entre el 31 de diciembre de 2006 y el 31 de diciembre de 2012, el ex gobernador presuntamente “adquirió a través de diferentes cuentas 35 millones 338 mil 315.54 pesos, que eran de procedencia ilícita, con el fin de ocultar su origen y hacerlos aparecer como lícitos, sin que haya constancias de que tienen una procedencia legal”.
Aunque en las diligencias de declaración preparatoria a las que acudió ante la rejilla de prácticas, el ex gobernador aseguró que es inocente.
Respecto al segundo delito que se le imputa, por defraudación fiscal de 2 millones 156 mil 489 pesos, por la omisión del pago de impuestos durante el ejercicio 2009, el plazo para que la juez Quinto de Procesos Penales Federales, Olga Sánchez Contreras, defina si situación legal, vence en los primeros minutos del miércoles.
La juez Cruz Parcero, consideró que “se acreditó, hasta el momento, que la cantidad de 35 millones 338 mil 315.54 pesos, que corresponde a depósitos depurados realizados en las cuentas bancarias del implicado, de 2007 a 2012, son recursos de procedencia ilícita, pues por una parte existen indicios que permiten presumir que proceden del desvío de partidas federales”.
Asimismo, en sus consideraciones, la juzgadora expuso que “el inculpado no acreditó, con las pruebas desahogadas durante la etapa de pre instrucción (los seis días que pidió de plazo) la legal procedencia de dichos recursos”.
En dicha resolución, se ordenó también la identificación administrativa del procesado y la suspensión de sus derechos políticos.
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