México, D.F.-
Aunque todos los partidos se felicitaron por aprobar, en lo general, la Ley General para Prevenir y Sancionar la Trata, 71 de ellos votaron y abandonaron el pleno camaral, lo que impidió que la nueva legislación fuera aprobada en lo particular y enviada al Senado.
El proceso legislativo tendrá que esperar al martes, al igual que un debate sobre feminicidios que se realizaría ayer mismo, por lo que el presidente de la Mesa Directiva de San Lázaro, Guadalupe Acosta, ordenó el descuento de la dieta a los diputados que se ausentaron.
Aunque en lo general el dictamen se aprobó con 315 votos, y en lo particular pasaron 13 reservas del PRD, cuando se intentó votar los cambios propuestos por el PT, sobre vigilancia de los recursos para el combate a la trata, el quórum se cayó.
Una primera votación fue de 244, y tras un receso el número de asistentes se redujo aún más, a 214.
Con todo, en lo general quedó aprobada la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, que da hasta 15 años de cárcel a quien participe en cualquiera de los eslabones de la cadena: captación, transporte, traslado, acogida o recepción de víctimas.
Novedades de la legislación
La Ley General —a diferencia de la ley federal en la materia, que quedó abrogada— distribuye competencias entre las entidades federativas y el gobierno federal, así como entre las procuradurías, por lo que se espera que sea eficaz.
Entre las novedades que marcan la diferencia entre ambos marcos jurídicos está el incluir los diferentes métodos que se emplean para el “enganche” de personas y los fines que se les da a las víctimas.
En el primer caso, establece las hipótesis de que se someta a personas a situación de trata vía amenazas, uso de la fuerza, coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder, vulnerabilidad, la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra con fines de explotación, caso que será sancionado con 30 a 60 años de prisión.
Respecto a los fines de la trata se establece la hipótesis de la explotación sexual, pero también la laboral, tráfico de órganos, esclavitud o servidumbre. Por eso se incluyen tipos penales relativos a la trata en sus diversas modalidades: esclavitud, explotación laboral, corrupción de menores, pornografía infantil, turismo sexual infantil y encubrimiento.
Respecto al consumo, se prevén de 2 a 40 años de prisión a quien solicite o alquile servicios de una víctima.
También se marcaron sanciones a delitos relacionados, como consumo y publicidad, “sin atentar contra los derechos de libertad de imprenta y similares”, y hasta 10 años de cárcel al padre o tutor que entregue o reciba a un menor para explotación.
Por separado, el Centro de Estudios e Investigación en Desarrollo y Asistencia Social (CEIDAS) presentó el estudio Comportamiento de medios periodísticos respecto a la oferta y la demanda de servicios sexuales, en el que se hizo un reconocimiento a El Universal por dejar de anunciar servicios sexuales.
La decisión “nos sorprendió y reconocimos la decisión de esta casa editorial que de una manera unilateral tuvo la capacidad ética para reconocer que la promoción a través de sus medios incentivaba el consumo, la demanda”.
En el diagnóstico se lamenta que, a pesar del esfuerzo, otros medios hayan aceptado atraer el mercado. “Lo que tenemos es la evidencia de que una acción unilateral si no está acompañada por otros medios, no solamente es insuficiente, hipócrita, doble moral, pues en silencio han venido ofertando los servicios”.
Discussion about this post