México, D.F.-
La Procuraduría General de la República (PGR) deberá abrir la información que tenga sobre los movimientos estudiantiles de 1968 y de 1971, o en su caso, comprobar la inexistencia de la misma.
El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), subrayó que toda la información relacionada con presuntas violaciones a los derechos humanos, no sólo debe ser pública, sino que las instituciones depositarias de dicha pesquisa se tiene que tratar de forma especial y aplicar el principio de máxima publicidad, permitiendo su consulta, análisis y estudio de forma oportuna, permanente y expedita.
Debe también estar siempre presente en la memoria de los mexicanos no sólo como un dato histórico, sino como un recordatorio permanente de que garantizar los derechos fundamentales en nuestro país ha sido un sendero difícil de recorrer y sobre el cual debe existir memoria.
En 2013, recordó el IFAI, el máximo órgano de transparencia resolvió un recurso de revisión sobre expedientes generados por la extinta Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado; en dicho caso, la PGR declaró inexistente la información solicitada, respuesta que fue revocada por el pleno del Instituto, instruyendo al sujeto obligado realizar una búsqueda exhaustiva de la información.
Con base en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, los documentos correspondientes fueron desclasificados en 2011, debiendo ser conservados por la PGR hasta 2016, antes de pasar al Archivo General de la Nación.
Recientemente, expuso el IFAI a través de un comunicado, se presentó un nuevo recurso de revisión contra la PGR, en la cual el particular se inconformó con la respuesta de la dependencia ante la solicitud de acceso a expedientes relacionados con los hechos del 02 de octubre de 1968 en la Plaza de las Tres Culturas y el 10 de junio de 1971 en las inmediaciones del Casco de Santo Tomás.
“El sujeto obligado turnó la solicitud a la Coordinación General de Investigación y posteriormente declaró inexistencia de información. No obstante, después de interpuesto el recurso puso a disposición más de 19 mil fojas con documentos de la antigua Fiscalía, notificando al ciudadano a un correo electrónico distinto al especificado en la solicitud, y cuya reproducción en copia simple le hubiera ocasionado un costo mayor a los 9 mil pesos, sin tener certeza de encontrar en ellas la información solicitada”, señaló el IFAI.
El comisionado Joel Salas Suárez, quien revisó el caso, señaló que existieron omisiones al cumplimiento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ya que el sujeto obligado no hizo una búsqueda exhaustiva de la información requerida en todas las unidades administrativas que pudieran tenerla.
La PGR, determinó el comisionado Salas Suárez, no emitió una resolución fundada y motivada sobre la inexistencia de la información.
“No invocar el principio de máxima publicidad de la información sobre expedientes que contienen evidencia de crímenes contra la humanidad o genocidio como lo tipifica el Código Penal Federal, contradice la Ley de Transparencia así como los principios mismos de la Democracia. Por tanto, la labor del IFAI en la defensa de las garantías individuales de los mexicanos es fundamental, lo que contribuirá a fortalecer la incipiente democracia mexicana y recuperar la confianza de los ciudadanos en sus instituciones públicas”, señaló.
El pleno del IFAI instruyó, por tanto, a la PGR que modifique su respuesta, realice una búsqueda exhaustiva de la información solicitada y ponga a disposición del recurrente, de ser posible, versiones públicas de los documentos solicitados para su consulta presencial. Asimismo, orientó al ciudadano a solicitar acceso a las 19 mil fojas mencionadas, si es de su interés.
ENTÉRATE
¿Qué es el IFAI?
El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) es un organismo constitucional autónomo en México. Es el encargado de garantizar el derecho de acceso de las personas a la información pública gubernamental.
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