México, D.F.-
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió jurisprudencia para garantizar el acceso a la información de los ciudadanos y por ende conocer los gastos hechos por los partidos políticos.
A través de un comunicado, el TEPJF detalló que la documentación que utiliza el Instituto Federal Electoral (IFE) para elaborar los dictámenes consolidados de fiscalización debe ser pública y no considerarse como información reservada, ya que se trata de erogaciones efectuadas con financiamiento otorgado por el Estado.
Al emitir la Jurisprudencia 50/2013, el máximo Tribunal en materia electoral del país explicó que de conformidad con el principio de máxima publicidad, esa información debe estar a disposición de cualquier interesado, sin que ello se considere un riesgo a los respectivos procedimientos de fiscalización.
La jurisprudencia fue aprobada, en unanimidad, por los integrantes del pleno en la sesión pública celebrada el 6 de noviembre de 2013, con base en el pronunciamiento previo de la Sala Superior sobre tres recursos de apelación que tenían que ver con solicitudes de información relacionadas con gatos efectuados por partidos políticos.
Para la elaboración del criterio, señaló el Tribunal, se tomó en consideración el marco regulatorio previsto en los artículos 79, párrafo 1; 81, párrafo 1, incisos d) y e); 83, párrafo 1, y 84.
Así como el párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe); 10, párrafo 5, y 11, párrafos 3, fracción II, y 4, fracción V, del Reglamento en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 149, párrafo 1, del Reglamento de Fiscalización, ambos del Instituto Federal Electoral (IFE).
Además, el pleno de la Sala Superior coincidió en que la revelación de esa información no pone en riesgo los valores de interés público que protege la Constitución, como la vida, la salud, la seguridad, la procuración e impartición de justicia y la aplicación de la ley.
Agregó que la difusión de tal información no causa perjuicio a las actividades de verificación ni al cumplimiento de las leyes, puesto que los principios de certeza, legalidad y transparencia son respetados al entregar la documentación solicitada.
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