México, D.F.-
Minutos antes de que inicie la diligencia de comparecencia del ex gobernador Andrés Granier Melo, la juez Taissia Cruz Parcero expuso que “que para impedir que una persona inculpada sea identificada como culpable antes del juicio, es improcedente permitir videograbaciones o la toma de impresiones fotográficas”.
En un comunicado, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) explicó así las razones de que sólo se permite el acceso de reporteros al juzgado, sin grabadora y sin celular, y se impidió el ingreso de cámara de video y fotográficas.
Indicó que “este juzgado federal reconoce que la prensa está legitimada para realizar la cobertura noticiosa de procedimientos judiciales relacionados con la comisión de delitos, en particular, por el interés social que existe cuando en estos se ven involucrados servidores públicos”.
Si embargo, expuso la juez, “el principio de publicidad que rige en el proceso penal debe armonizarse con otros principios como el de presunción de inocencia”.
Sustentó su argumento en el reciente criterio que emitió en mayo pasado la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) intitulada “Presunción de inocencia y derecho al información. Su relación con la exposición de detenidos ante los medios de comunicación”.
Dicho criterio señala que el proporcionar información sobre eventos de interés nacional para un debido ejercicio de derecho a la información “no puede justificar la violación de los derechos fundamentales de los detenidos y acusados (…) las autoridades deben abstenerse de brindar información sugestiva que exponga al detenido a un juicio paralelo y viole su derecho a ser tratado como inocente durante el tramite del procedimiento, incluso, desde antes de que se inicie”.
En la resolución de los ministros se establece además que la Corte Interamericana ya condenó enfáticamente la practica consistente en exponer ante los medios de comunicación a personas acusadas por la comisión de delitos cuando no hay sentencia firme.
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