México, D.F.-
El coordinador de los senadores del PRD, Miguel Barbosa Huerta, anunció que su bancada pedirá a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión un periodo extraordinario para esta semana.
El propósito es atender las modificaciones al Artículo 87 de la Ley de Partidos Políticos aprobada por los diputados el jueves pasado, debido a que la Mesa Directiva del Senado no le dio entrada y no se discutió ni voto en el periodo extraordinario del jueves 19.
En un comunicado, el senador por Puebla consideró que la votación de dicha minuta no se efectuó debido a que lo partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN) “pactaron un acuerdo de conveniencia” que afectó el desarrollo del trabajo legislativo gestado en la Cámara Diputados, pero el costo político fue para el Senado.
“La omisión deliberada para resolver un asunto es una ofensa a la convivencia democrática”, aseguró el senador perredista al decir que la transparencia democrática exige que las decisiones que se tomen sean de cara a la sociedad.
Antes de que se votara el dictamen de reformas al Artículo 87 para que los sufragios de los candidatos de las coaliciones electorales cuenten para los partidos que las conforman, el PAN se opuso y se retiró del análisis de las iniciativas de leyes secundarias en materia energética.
En ese sentido, el senador de izquierda señaló: “¿cuántos condicionamientos más hará el PAN al gobierno y al PRI a cambio de la reforma energética?”
Anunció que el PRD interpondrá una acción de inconstitucionalidad sobre el Artículo 87 de la Ley General de Partidos respecto a las coaliciones electorales, y se opondrá a que el Congreso de la Unión sea rehén de los caprichos políticos de los grupos parlamentarios.
La acción de inconstitucionalidad tiene fundamento jurídico en el Artículo 105 fracción II de la Constitución Política, y es un mecanismo de control constitucional que se ejercita ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Para interponerla se requiere de la tercera parte de los integrantes de los órganos legislativos federales, estatales o del Distrito Federal, así como partidos políticos con registro.
También pueden interponerla el Ejecutivo federal, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, y la Procuraduría General de la República, para impugnar la contradicción entre una norma de carácter general y la Constitución.
El senador agregó que la acción de inconstitucionalidad da lugar a la invalidez de la norma impugnada, siempre y cuando sea aprobada al menos con ocho votos de los ministros.
Explicó que si el Pleno de la SCJN invalida el Artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos, el efecto sería su inaplicabilidad, pero en el Congreso de la Unión seguiría pendiente a la resolución para establecer el cómputo de votos a los partidos políticos que participan en coaliciones electorales.
Finalmente, Barbosa Huerta insistió en que el chantaje no puede ser lo que prevalezca en el Congreso como práctica política.
Por esa razón, anunció que su bancada propondrá que se realice un nuevo periodo extraordinario para terminar con ese chantaje, a fin de que el Poder Legislativo Federal pueda cumplir con sus funciones, concluyó.
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