México, D.F.-
La Secretaría de Salud dio a conocer hoy en el Diario Oficial de la Federación la aclaración al acuerdo sobre las leyendas, imágenes y pictogramas que deberán contener los paquetes de productos del tabaco en el que se agrega que se fabrique, produzca o importe y que sean distribuidos en territorio nacional.
Señaló que la aclaración es en los incisos a) y b) del artículo segundo del acuerdo que se aplicará a partir del 24 de marzo de este año, publicado en el Diario Oficial el 30 de noviembre pasado.
Así, el inciso a) indica que los pictogramas contenidos en el anexo 1 marcados como 1, 2, 3 y 4 deberán figurar en todos los paquetes de productos del tabaco y en todo empaquetado y etiquetado externo, que se fabrique, produzca o importe y que sean distribuidos en el territorio nacional a partir del 24 de marzo y hasta el 23 de septiembre de 2013.
Mientras que el b) expone que del 24 de septiembre y hasta el 23 de marzo de 2014 deberán comenzar a figurar en todos los paquetes de productos del tabaco los pictogramas contenidos en el anexo de referencia marcados como 5, 6, 7 y 8.
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