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Inicio Tamaulipas

Declaran constitucional rango de pensión alimenticia

Especial por Especial
28 febrero, 2025
en Tamaulipas
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Ese ‘baby blues’ se siente fatal

Ciudad Victoria, Tam.-
El porcentaje de pensión alimenticia provisional de entre el 30 y 50 por ciento del sueldo del deudor que aplican los jueces de Tamaulipas es constitucional, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Lo anterior, al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida contra una reforma aprobada por el Congreso del Estado al Código Civil de Tamaulipas.

El máximo tribunal de justicia determinó que esta norma es constitucional, ya que respeta los principios de legalidad, seguridad y certeza jurídica, además de asegurar que la pensión sea justa tanto para quien la paga como para quien la recibe.

De acuerdo con la resolución, establecer un límite mínimo y máximo no afecta los derechos de las personas involucradas, sino que permite a los jueces ajustar la cantidad según las necesidades del acreedor y las posibilidades económicas del deudor.

Lo anterior es así porque el legislador de Tamaulipas estableció estos porcentajes en relación con el sueldo del deudor alimentario, con el objetivo de fijar un margen equitativo que garantice el derecho a los alimentos sin desproteger a ninguna de las partes. En lugar de vulnerar el principio de proporcionalidad, esta medida lo fortalece, ya que permite que la pensión se determine dentro de un rango razonable.

Además, la SCJN subrayó que la pensión provisional es una medida de urgencia que se aplica cuando el juez aún no cuenta con toda la información sobre la situación familiar.

No obstante, el porcentaje mínimo y máximo establecido en la ley permite una respuesta inmediata y ajustada a cada caso.

Asimismo, la Corte señaló que esta determinación no es definitiva, ya que el monto de la pensión puede modificarse más adelante con base en mayores elementos probatorios, asegurando así que la decisión final sea justa y proporcional.

Con esta resolución, la SCJN refuerza la protección de los derechos de los acreedores alimentarios y establece un criterio claro para la aplicación de la obligación alimentaria en México. (Con información en Rogelio Rodríguez Mendoza / El Diario Mx)

Tags: Terceras
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