México, D.F.-
La Comisión Federal de Competencia (CFC) negó la concentración entre Televisa y Iusacell por considerar que esta operación puede dañar la competencia en televisión abierta y restringida.
En un comunicado, el órgano antimonopolios señala que una menor competencia en televisión abierta encarece la publicidad, lo que incrementa el costo de los bienes de consumo que la utilizan y por lo tanto reduce el bienestar de los consumidores.
Manifestó que una asociación de esta magnitud, con poder de veto de cualquiera de las partes sobre las decisiones corporativas de la empresa conjunta y con mecanismos formales para la comunicación entre los grupos Salinas y Televisa “crea nuevos y poderosos incentivos económicos para que las partes no sólo cooperen en la empresa conjunta, sino también se coludan en otros mercados”.
Resaltó que la operación, en los términos planteados por las empresas, no se reduce a una coinversión en Iusacell, sino que induce casi forzosamente la coordinación entre ambos grupos económicos en todos los mercados en los que coinciden.
Sin embargo, la Comisión también reconoció que una inyección de capital en Iusacell puede ser procompetitiva en telefonía móvil.
En ese sentido, señaló que conforme al artículo 19 de la Ley Federal de Competencia y el 17 de su reglamento, si las empresas proponen compromisos que resuelvan los problemas de competencia asociados a la operación, la CFC los analizará y, en caso de que resuelvan eficaz y sostenidamente estos problemas, podría aprobar la concentración a condición de que se cumplan.
En un comunicado, el órgano antimonopolios comentó que la concentración conduciría a que Grupo Televisa controlara el 50 por ciento de las acciones de Iusacell por un precio de mil 600 millones de dólares, en tanto ambos grupos tendrían iguales derechos corporativos en la empresa de telefonía móvil.
“En estas circunstancias, el Pleno de la CFC resolvió negar su autorización a la concentración, por considerar que en los términos planteados por las partes disminuye, daña o impide la competencia y la libre concurrencia en los mercados, conforme lo establecen los artículos 16 y 17 de la Ley de Competencia”.
Si bien la alianza no origina riesgos para la competencia en telefonía móvil, la transacción planteada no es la única manera de lograr beneficios para los usuarios sino que podrían materializarse a través de otros mecanismos, destacó.
“Por ejemplo, con la inyección de recursos a Iusacell de cualquier otra fuente distinta a su principal competidor en otros mercados, o a través de una estructura accionaria que no indujera la cooperación entre competidores”, puntualizó.
En televisión abierta, añade, la concentración genera graves riesgos para la competencia al tratarse de un mecanismo que crea nuevos incentivos para la coordinación entre las dos empresas, ya que Televisa y Televisión Azteca ostentan en conjunto el 95 por ciento de las concesiones totales de televisión abierta y el 100 por ciento de las cadenas nacionales, en un mercado con altísimas barreras a la entrada.
Destacó que la competencia en televisión abierta tiene un impacto horizontal en otros mercados y a través de ellos en el bienestar de los consumidores, ya que el 57 por ciento del gasto total en publicidad en México se destina a este medio.
En televisión restringida, dijo, la probable coordinación entre Televisa y TV Azteca provoca riesgos de que estos contenidos se utilicen como palanca para desplazar del mercado a empresas que no están integradas verticalmente con las partes.
Subrayó que el objetivo del mecanismo de control de concentraciones previsto en la Ley de Competencia es prevenir estas formas de disminución, daño o impedimento a la competencia futura.
La decisión del Pleno de la CFC se tomó por mayoría, con el voto de los comisionados Eduardo Pérez Motta, Rodrigo Morales Elcoro y Miguel Flores Bernés.
Por su parte, los comisionados Luis Alberto Ibarra Pardo y Cristina Massa Sánchez votaron a favor de aprobar la alianza por considerar que la concentración podría lograr una mayor eficiencia en el funcionamiento del mercado de los servicios de telefonía móvil, lo que incidiría favorablemente en el proceso de competencia.
En tanto que “los posibles efectos contrarios a dicho proceso en otros mercados pudieron haber sido corregidos o prevenidos mediante condiciones impuestas por esta autoridad”, señaló.
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