México, D.F.-
Derivado de las disposiciones vigentes en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) y el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) lograron eliminar un cobro que hacía Telmex a los usuarios desde hace cuatro años.
Desde septiembre de 2008, Teléfonos de México (Telmex), subsidiaria de América Móvil, solía hace un cobro adicional a los usuarios que solicitaban la protección de sus datos, al requerir que su información personal no apareciera en directorios telefónicos, o bien, que no se difundiera a terceros por parte de la compañía.
Pero con la instrumentación de dicha Ley, las dependencias iniciaron una serie de acciones encaminadas a garantizar la gratuidad del ejercicio de uno de los derechos de protección de datos personales al que está obligado, en este caso, el prestador del servicio telefónico, ante la solicitud manifestada por el usuario.
El pasado 28 de septiembre, Telmex presentó ante la Cofetel la cancelación formal de la tarifa que tenía registrada para el cobro del “Servicio de Número Privado” e informó a la Profeco que tanto esa empresa como Telnor ya no cobrarán la tarifa relacionada con dicho servicio.
De ahora en adelante el operador lo ofrecerá de manera gratuita y cumplirá así con la disposición que lo obliga a mantener la información personal como confidencial cuando los usuarios así lo decidan.
La Ley de Protección de Datos permite que los números telefónicos de cada usuario, así como cualquier otro dato personal, están sujetos a los Derechos ARCO, que son los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición que tienen las personas físicas con respecto a sus datos personales.
Esto es, sólo los ciudadanos titulares de los datos personales, deciden cómo, cuándo, a quién y para qué entregan su información personal, salvo las excepciones que marcan las leyes.
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