México, D.F.-
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se perfila para negar a nueve jubilados los cinco amparos que promovieron en demanda de que sus jubilaciones y pensiones queden exentas del pago del Impuesto sobre la Renta (ISR).
La SCJN inició este martes el estudio de las demandas, que impugnan la constitucionalidad del artículo 109, fracción tercera, de la Ley del ISR, que sólo exenta del pago de ese impuesto a las pensiones de hasta 15 salarios mínimos diarios, es decir, alrededor de 28 mil pesos al mes; las que rebasan esa suma deben pagar la tasa normal del gravamen.
Seis de los 11 ministros se pronunciaron en contra de otorgar el amparo, propuesta que presentó la ministra Olga Sánchez, cuyo proyecto respaldaba el argumento de los quejosos en el sentido de que el precepto impugnado es inequitativo, por no contemplar la exención total a las pensiones, como sí ocurre en el caso de los militares en retiro.
Los quejosos argumentaron que cuando se tramitaron los amparos, la exención era incluso menor, pues los ingresos exentos de gravamen eran las pensiones con montos de hasta nueve salarios mínimos, pero la Ley del ISR fue reformada recientemente para ampliar ese rango.
Sostienen, además, que la exención en estos términos atenta contra el derecho a un mínimo vital previsto en tratados internacionales y la diferencia con el trato dado a los militares en retiro hace inequitativa la norma impugnada.
La mayoría que se configuró en contra de otorgar el amparo rechazó que la situación de los jubilados del sector privado sea desigual frente a la de los militares, pues las condiciones de éstos últimos son distintas a las del servicio civil.
“Los militares tienen haber de retiro, y no jubilación, por lo que conservan su personalidad militar, y al conservarla siguen guardando determinadas obligaciones personales hacia el Ejército”, dijo el ministro Guillermo Ortiz.
Su colega Salvador Aguirre destacó la diferencia entre el haber de retiro de los militares, que tiene una base legal, en contraste con las jubilaciones, que constituyen una prestación de naturaleza contractual entre patrón y trabajador.
El ministro Luis María Aguilar consideró que otorgar el amparo sería como extender la aplicación de leyes militares a civiles, otorgándoles a un privilegio que no tienen. La mayoría coincidió en que las Fuerzas Armadas tienen un trato distinto al que se da al resto de los trabajadores en el artículo 123 Constitucional.
La ministra instructora sustentó su propuesta de otorgar el amparo invocando el argumento de la precariedad en que vive gran parte de los militares en retiro, con el que el Congreso de la Unión justificó la exención total para el haber de retiro de las Fuerzas Armadas.
“(Los jubilados del IMSS) pertenecen a un sector social vulnerable y es en función de tal circunstancia que la suplencia contenida en los proyectos busca asegurarles la máxima protección constitucional”, expuso e invocó el principio pro persona y los derechos laborales.
“Es irrefutable que muchos trabajadores obtienen ingresos bajos durante su vida laboral, y una vez retirados obtienen una pensión que no siempre alcanza para necesidades básicas”, explicó la ponente para argumentar que la precariedad puede afectar a cualquier trabajador en retiro.
El ministro Arturo Zaldívar fue el único que respaldó su propuesta, aunque por consideraciones diferentes.
“Yo creo que sí, aunque no por las razones que se invocan en el proyecto… No porque se trate de un asunto laboral, sino porque se trata de una prestación social donde se está ordenando un supuesto descuento que en principio podría vulnerar la Constitución”, dijo.
José Ramón Cossío consideró que la situación de los militares en retiro es diferente a la de los jubilados, y que el estado de precariedad que se argumentó para exentarlos del pago del ISR, “no es razón objetiva para generar, en materia tributaria, regímenes diferenciados entre personas que han contribuido en igualdad de circunstancias al ISR”.
La discusión de estos juicios continuará en la sesión del próximo lunes, pues la Suprema Corte suspendió la sesión plenaria de este miércoles por los trabajos de la Cumbre de Presidentes de Cortes y Tribunales Constitucionales.
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