Extienden beneficios fiscales a afectados por huracán ‘Odile’ en BCS

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México, D.F.-
El secretario de Hacienda, Luis Videgaray, anunció la extensión hasta el 31 de octubre de los beneficios fiscales otorgados el año pasado a los contribuyentes de las zonas afectadas por el huracán “Odile”, que dañó la infraestructura hotelera en Baja California Sur, sobre todo en Los Cabos.

“El Presidente de la República nos ha autorizado a través del SAT (Servicio de Administración Tributaria) a extender un poco más los beneficios a aquellos hoteles y otro tipo de infraestructura en Los Cabos que tuvieron afectación y que ya empezaron, para aquellos que ya empezaron hacer los trabajos de reconstrucción que por alguna razón no han tenido, no han podido hacer completas las inversiones por ejemplo porque no han podido recuperar el cobro del seguro, vamos a poder extender el beneficio hasta el 31 de octubre”, informó.

Durante el evento “La inversión inmobiliaria: confianza en el crecimiento de México que se realizó en la Residencia Oficial de Los Pinos, dijo que el trabajo del gobierno es permitir que los que desarrollen vivienda, hoteles, oficinas y naves industriales puedan hacer su trabajo.

“Nuestro trabajo es generar las condiciones para que ustedes puedan ser exitosos”, afirmó.

Hay que recordar que la presencia del huracán “Odile” ocurrida los días 14 y 15 de septiembre de 2014 en el estado de Baja California Sur, provocó daños materiales en diversas zonas de dicha entidad, afectando la economía, la planta productiva y poniendo en riesgo la preservación de las fuentes de empleo.

El pasado 19 de septiembre, el Presidente de la República emitió un Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de los municipios de Comondú, La Paz, Loreto, Los Cabos y Mulegé, en Baja California Sur, afectados por las lluvias severas durante septiembre de 2014 que ocasionó el huracán “Odile”.

Algunos de los beneficios que se publicaron en el decreto que entró en vigor el 19 de septiembre de 2014 y concluyó el 31 de diciembre de 2014 fueron la exención del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y pago en parcialidades del ISR retenido por salarios, Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), durante agosto, septiembre y octubre de 2014.

A los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal se permitió diferir las declaraciones bimestrales correspondientes a 2014. También se autorizó la deducción inmediata y hasta por el 100% de las inversiones.

En materia de devoluciones del IVA presentadas antes del 19 de septiembre de 2014 con saldos a favor se tramitaron en un plazo máximo de 10 días hábiles y se ofreció que el pago en parcialidades de retenciones del ISR y la condonación de accesorios.

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