Cd. de México.-
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) ordenó al IMSS dar a conocer las acciones que serán emprendidas con motivo del cumplimiento de cinco recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), derivadas de casos de violencia obstétrica.
La comisionada ponente, Patricia Kurczyn, aseguró que las recomendaciones con los números 19/2015, 24/2015, 25/2015, 29/2015 y 32/2015, tratan temas sensibles que lastiman e indignan a la sociedad, por tratarse de casos de violaciones a derechos humanos, entre ellos, el derecho a la vida, al registrarse violencia obstétrica.
Explicó que en la recomendación 32/2015 se documenta el caso de una mujer indígena, de 26 años, originaria de Santa Cruz, Itundujia, Putla de Guerrero, Oaxaca, que fue atendida en el Hospital Rural de Solidaridad número 34 y, en cuya labor de parto, tuvo severas complicaciones.
“La consecuencia fue que el producto presentó asfixia prenatal severa y que a su vez la madre presentó bradicardia con paro cardio-respiratorio, por lo que quedó en un estado vegetativo persistente, padecimiento con el que vive hace 13 años, y que se atribuye al deficiente manejo médico realizado por personal del IMSS”, expuso.
Por lo tanto, la comisionada aseveró que se trata de hechos de interés social y, en consecuencia, el IMSS tiene el deber de garantizar el derecho a saber e informar sobre el seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones que le turnó la CNDH.
En respuesta original, el instituto entregó documentos sobre las acciones adoptadas para la atención de las recomendaciones, pero manifestó no contar con las acciones que serán emprendidas, toda vez que se trataba de información que aún no ha sido generada.
Por ello, un ciudadano interpuso un recurso de revisión ante el Inai, en el que se inconformó por la inexistencia de la información solicitada a partir, dijo, de una interpretación deficiente por parte de la autoridad.
Señaló que es evidente que lo solicitado no es información que se generará en el futuro, sino del documento en el que se enumeren las acciones necesarias para cumplir con las recomendaciones emitidas por la CNDH.
En sus alegatos, el IMSS señaló que respecto al plan de acción para cumplimentar lo recomendado, no existe un documento, toda vez que las recomendaciones de la CNDH contienen requerimientos distintos, los cuales se van atendiendo de conformidad a la propia naturaleza de cada encomienda.
En el análisis del caso, el pleno del instituto indicó que no se tiene constancia de que el IMSS haya turnado la solicitud a la División de Atención a quejas en materia de Derechos Humanos, por lo que ésta no cumplió con el procedimiento de búsqueda establecido en la Ley Federal de Transparencia.
Esa unidad administrativa tiene entre sus atribuciones la de elaborar comunicados para el trámite y resolución de las quejas presentadas ante la CNDH, por lo tanto podría contar con el documento que dé cuenta de las acciones que serán emprendidas con motivo del cumplimiento de cada una de las recomendaciones referidas por el particular.
Así, el pleno del Inai modificó la respuesta del IMSS y le instruyó a que realice una búsqueda exhaustiva de la información, en todas las unidades administrativas competentes, sin omitir la antes mencionada.