Cd. Victoria, Tam.-
Este 31 de marzo vence el plazo para dar aviso de quienes puedan tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), informó Javier de los Santos Valero, presidente del Colegio de Contadores Victoria.
Dijo que es importante que revise cada contribuyente en que régimen puede calificar, ya sea en el RIF o en el Régimen General, debido a que se acerca la fecha límite para quienes se tengan que registrar en el RIF.
Indicó que esto también lo va a detectar los controles del SAT, ya que es quien tiene un registro detallado de esta situación y si no califica en el RIF, entonces se pasará al Régimen General.
Refirió que desaparecieron a partir del 2014 el Régimen de Intermedios y el Régimen de Pequeños Contribuyentes y ahora solamente queda el Régimen de Incorporación Fiscal y el Régimen General.
“El Régimen General es para las empresas que venden arriba de dos millones de pesos y el RIF queda para que el vende menos de dicha cantidad, este nuevo régimen está diseñado, exclusivamente, para lo que tienen una actividad empresarial consistencia en vender bienes, en compra venta y en prestar servicios que no sean servicios profesionales, por ejemplo, un doctor no puede estar por los ingresos de consulta”.
Además señaló que este tipo de contribuyentes deben de ser exclusivamente de actividad empresarial, compra-venta o servicios y sueldo y salarios, si tuviera arrendamiento no pudiera estar en este régimen.
Es un régimen como su nombre lo dice de incorporación para que se “incorporen”, no nada más lo que ya venían como pequeños contribuyentes, sino los que, por alguna razón o circunstancia, no estaban dados de alta en el Registro Federal de Contribuyentes quieren que se agreguen al RIF, porque les están dando un tratamiento especial por 10 años. (Jonathan Josué Álvarez).
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