AMLO violó reglas electorales: TEPJF

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Cd. de México.-
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador violó el principio de equidad en la contienda e hizo uso indebido del ejercicio de recursos públicos por sus expresiones de la mañanera del pasado 27 de marzo que tuvieron impacto en las elecciones del Estado de México y Coahuila.

López Obrador también incurrió en faltas en el proceso electoral 2023-2024 y las elecciones locales concurrentes.

Lo anterior al resolver un procedimiento especial sancionador por las denuncias presentadas por la senadora Kenia López Rabadán (PAN) y el PRD.

La Sala Regional Especializada señaló la existencia de infracciones consistentes en violar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad de la contienda, así como el uso de recursos públicos por parte del Presidente y otros servidores.

“El hecho de que manifestara que hay un plan C, que consiste en no votar por el bloque conservador para que siga la transformación, que ni un voto a los conservadores, sí a la transformación… se trata de manifestaciones de una naturaleza electoral y pudieron generar una influencia indebida y un impacto en la ciudadanía que recibió esa información”, subrayó.

El pasado 30 de marzo, la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a Presidencia eliminar parte de la conferencia mañanera del 27 de marzo, en la que el Presidente habló de que su plan C es no dar ni un voto a la oposición”.

El entonces consejero Ciro Murayama, integrante de la comisión, dijo que el artículo 134 constitucional establece que el uso de recursos públicos debe ser imparcial y sin interferir en contiendas electorales.

Sobre el uso indebido de recursos públicos se determinó que el Presidente y los funcionarios encargados de la organización, producción y difusión de la mañanera usaron recursos materiales, humanos y económicos para realizar la misma en la que se hicieron las expresiones contrarias a la ley electoral.

Se estableció que las medidas cautelares ordenas, como retirar esos contenidos, no se hicieron en el tiempo que otorgó la comisión de Quejas del INE.

Sobre la queja presentada por el diputado Jorge Álvarez Máynez (MC) por la mañanera del 2 de junio se declaró inexiste pues no se acreditó tal infracción.

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