Buscan limitar pensión alimenticia para padres que abandonaron a sus hijos

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Monterrey, N.L.— Los padres que hayan abandonado material y afectivamente a sus hijos durante la infancia podrían perder el derecho de exigirles alimentos en su vejez, de prosperar una iniciativa presentada en el Congreso de Nuevo León por la diputada del PAN, Itzel Castillo Almanza.

La legisladora propuso reformar el artículo 304 del Código Civil del Estado para establecer que la obligación de los hijos de proporcionar alimentos a sus padres no sea exigible cuando exista una resolución judicial firme o una inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios que acredite que el progenitor incumplió injustificadamente con sus obligaciones durante la minoría de edad del descendiente.

Iniciativa en el Congreso donde Buscan limitar pensión por abandono

Castillo Almanza argumentó que el derecho de los padres a recibir alimentos de sus hijos debe analizarse a partir de la conducta que tuvieron durante la infancia de estos, particularmente cuando existió abandono material y afectivo.

“Permitir que un padre abandone a su hijo en su etapa de mayor vulnerabilidad y luego, amparándose en su propia vulnerabilidad por la vejez, le exija una pensión, resulta incompatible con los derechos humanos”, sostuvo la diputada panista.

La propuesta parte del principio de que nadie debe beneficiarse de su propio incumplimiento. De acuerdo con la legisladora, obligar a un hijo adulto a sostener económicamente a un progenitor que lo abandonó durante su etapa de desarrollo implicaría desconocer la vulneración de derechos que sufrió durante su infancia.

La reforma también contempla los casos en los que no exista una resolución judicial previa que haya acreditado el incumplimiento. En esas circunstancias, el hijo podría plantear durante el juicio el abandono o incumplimiento notorio del progenitor como una excepción para oponerse a la exigencia de alimentos.

Evaluación judicial e implicaciones de la reforma legal

El juez tendría entonces la responsabilidad de analizar las pruebas y determinar si efectivamente existió el incumplimiento alegado, ponderando tanto la afectación que sufrió el entonces menor de edad como la situación de vulnerabilidad en la que pudiera encontrarse actualmente el padre o la madre.

La iniciativa no plantea eliminar de manera general la obligación de los hijos hacia sus padres, sino establecer una excepción cuando existan antecedentes comprobables de abandono o incumplimiento de las obligaciones alimentarias durante la infancia.

“Es fundamental mantener la obligación general de los hijos hacia los padres, pero añadiendo que este derecho será inexigible si existe una resolución judicial firme o una inscripción en el registro de deudores alimentarios que compruebe el abandono durante la minoría de edad del hijo”, señaló Castillo Almanza.

La propuesta busca, de esta manera, que los tribunales consideren la reciprocidad de las obligaciones familiares y eviten que una persona que incumplió sus responsabilidades como progenitor pueda reclamar posteriormente una pensión sin que sean considerados sus antecedentes.

Ahora corresponderá al Congreso del Estado analizar la iniciativa y, en su caso, someterla al proceso legislativo correspondiente antes de determinar si las modificaciones al Código Civil de Nuevo León son aprobadas.

Para consultar detalles sobre el trabajo legislativo y las iniciativas en curso, visite el portal del Congreso del Estado de Nuevo León.

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