Propone PRI sancionar llamados electorales por parte de religiosos

Últimas Noticias

México, D.F. / Enero 13.-
El vicepresidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el priísta Arturo Zamora, presentó una iniciativa para sancionar penalmente a aquella persona que, escudada en cualquier religión, llame a votar a favor, en contra o en abstención de candidatos o partidos políticos.
Actualmente, el Código Penal Federal establece una multa de 500 días a los ministros de culto religioso que en el desarrollo de actos públicos propios de su ministerio induzcan expresamente al electorado a votar por un candidato o partido político.
La propuesta del diputado priísta incluye agregar al artículo 404 del Código Penal “asociaciones religiosas, iglesias o agrupaciones de cualquier religión o secta, o a sus auxiliares que en el desarrollo de actos públicos propios de su ministerio, o fuera de estos induzcan por sí o por interpósita persona, por cualquier medio al electorado a votar a favor o en contra en un proceso electoral”.
Zamora detalló que la ley no prevé la influencia de terceras personas, es decir, la intervención de quienes se desempeñan como auxiliares de quienes encabezan los ministerios religiosos.
“De quienes participan en ceremonias, ritos o actividades religiosas, sin tener el carácter de ministro de culto, y que tienen influencia en quienes asisten a los servicios, a través de la cual emiten opiniones y posiciones para influir sobre el electorado.
“Al no estar prevista la intervención de terceros que se prevalecen de dicha influencia como delito, reconociendo que estamos en presencia de una conducta que indudablemente lesiona bienes necesitados de protección, se hace necesario modificar el Código Penal y poner fin a estas prácticas que existen”, apunta la propuesta.
La iniciativa detalla que conforme a la Dirección General de Asociaciones Religiosas de la secretaría de Gobernación, existen 7 mil 74 asociaciones, “las cuales deben regularse en su carácter político”.

- Anuncio -

Columnas

- Anuncio -