Oaxaca, Oax.-
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Registro Civil de Oaxaca celebrar uno de los tres matrimonios entre personas del mismo sexo que había sido negado en agosto de 2011.
Esta representa la primera sentencia judicial en México para llevar a cabo este acontecimiento sin necesidad de una reforma o ley en esta materia “aún con la oposición de los poderes Ejecutivo y Legislativo”.
El máximo tribunal declaró infundados los argumentos establecidos por el Congreso y el gobernador Gabino Cué Monteagudo, con los cuales pretendía echar abajo la decisión del juez del Segundo Distrito de Oaxaca.
De acuerdo con Alex Alí Méndez Díaz, representante del Frente Oaxaqueño por el Respeto y Reconocimiento de la Diversidad Sexual, tanto las autoridades estatales y del Congreso del estado interpusieron recursos de revisión intentando dejar sin efecto la sentencia de la primera instancia.
“Lo anterior significaría impedir la celebración del matrimonio que ya había sido concedida”, expuso al referir que después de un año y medio de litigio, la determinación de la SCJN es la primera en su tipo en el país.
La sentencia dictada por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, examina detalladamente las implicaciones jurídicas que en el ámbito del principio de igualdad y no discriminación conlleva la exclusión de la posibilidad de que las parejas formadas por personas del mismo sexo contraigan matrimonio.
“El efecto de la sentencia de amparo no sólo es para que se desaplique a las quejosas en el presente y futuro la porción normativa declarada inconstitucional, sino también para que se les aplique la parte restante”, señala la determinación del tribunal.
El reto ahora es impulsar los mecanismos jurídicos a nivel nacional e internacional para que el beneficio sea extendido a todo el país, dijo Méndez Díaz.
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