México, D.F.-
La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Justicia la minuta sobre la propuesta de derogar del Código Civil la emisión de actas de defunción resultado de la aplicación de la pena de muerte, por estar prohibida esa sentencia en México.
Los diputados federales dictaminarán la iniciativa de derogar el Artículo 128 del Código Civil Federal, referente a la emisión de actas de defunción de condenados a muerte.
La iniciativa elaborada por el senador priista Ricardo Barroso Agramont señala la necesidad de armonizar las disposiciones en materia de pena capital, pues al estar prohibida dicha práctica en México, es evidente que ese artículo aplicación.
El Artículo 128 señala que “Los tribunales cuidarán de remitir dentro de las 24 horas siguientes a la ejecución de la sentencia de muerte, una noticia al juez del Registro Civil del lugar donde se haya verificado la ejecución. Esta noticia contendrá el nombre, apellido, edad, estado y ocupación que tuvo el ejecutado”.
La minuta remitida por el Senado de la República indica también que existe una imposibilidad jurídica para que los jueces emitan sentencias de muerte y, por lo tanto, tampoco es necesario mantener la previsión de que el Registro Civil deba inscribir esas defunciones, concluyó.
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