México, D.F. / Agosto 4.-
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Federal Electoral (IFE) aplicar al Partido del Trabajo (PT) una sanción acorde con la gravedad de haber difundido promocionales de Andrés Manuel López Obrador tendientes a buscar un posicionamiento partidista fuera del periodo previsto por la ley.
Con esta decisión, el TEPJF revocó la resolución del Consejo General IFE, que sólo había impuesto una amonestación pública al PT por ese caso.
En 2010, el Partido Acción Nacional (PAN) presentó una queja contra el PT y contra Andrés Manuel López Obrador por el presunto uso de tiempos del Estado para realizar actos anticipados de campaña.
En octubre de 2010, el IFE resolvió no sancionar al PT por la difusión de spots sobre el Proyecto Alternativo de Nación de López Obrador.
El PAN impugnó la resolución ante el Tribunal Electoral y éste ordenó al IFE sancionar al partido.
Fue entonces cuando el IFE aplicó una amonestación pública al PT y el PAN volvió a impugnar esa decisión ante el TEPJF.
El blanquiazul alegó que se había violentado el principio de legalidad, porque el IFE había impuesto una sanción leve al PT, bajo el argumento de que los promocionales de López Obrador no se difundieron de modo reiterado.
Este miércoles, durante su sesión, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación calificó de “inexacto” el argumento esgrimido por el IFE para no imponer una sanción mayor al PT porque, según el monitoreo del propio órgano electoral, se detectaron más de mil impactos de los spots tanto en el Distrito Federal como en el interior del país.
“La autoridad electoral incurrió en una indebida motivación… no justifica que la conducta infractora se haya calificado como leve, consecuentemente que se le haya impuesto únicamente una sanción de amonestación pública (al Partido del Trabajo), puntualizó el magistrado Constancio Carrasco Daza en su proyecto de sentencia.
Por ello, los magistrados revocaron el acuerdo del Consejo del Consejo General del IFE y le ordenan calificar correctamente la gravedad de la conducta del instituto político al permitir que Andrés Manuel López Obrador utilizara sus spots para promover su Proyecto Alternativo de Nación y con ello buscara posicionamiento partidista en un periodo prohibido por la ley.
La resolución del Tribunal Electoral obligará al IFE a aplicar una pena más severa al PT.
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