Analizan reforma para proteger a deportados de EU

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Ciudad de México.-

El Senado de la República analiza una reforma que busca evitar el abandono institucional de miles de migrantes mexicanos, incluidos menores, que son repatriados o retornados de Estados Unidos y que llegan a la frontera mexicana sin documentos, sin recursos y expuestos al crimen organizado. La propuesta pretende sentar bases legales sólidas para proteger a deportados de manera integral.

La iniciativa establece que cuando el Instituto Nacional de Migración (INM) reciba en puntos fronterizos a personas mexicanas repatriadas, personas mexicanas en retorno o personas extranjeras readmitidas por el Estado mexicano, deberá integrar una constancia de recepción y canalización segura.

“Significa que ninguna persona sea dejada en una carretera, terminal de transporte, puente internacional, zona despoblada o espacio público sin posibilidad razonable de traslado, comunicación o recepción segura, especialmente cuando existan condiciones de riesgo para su vida, integridad, libertad, salud o seguridad”, argumenta la iniciativa impulsada por la senadora por Morena Olga Patricia Sosa para proteger a deportados.

Medidas clave para proteger a deportados en la frontera

Se señala que la constancia tendrá por objeto documentar la recepción de la persona, identificar riesgos inmediatos y dejar registro de la autoridad, institución, persona o lugar al que será canalizada. Esta medida garantizará un protocolo estandarizado al momento de proteger a deportados recién ingresados al territorio nacional.

Dicha constancia deberá incluir nombre, nacionalidad y datos de identificación disponibles de la persona recibida; fecha, autoridad o instancia que efectuó la entrega, cuando exista, así como la manifestación de la persona sobre su lugar de destino o red de apoyo, tratándose de personas adultas.

Protocolo obligatorio del Instituto Nacional de Migración

Asimismo, el documento contemplará la identificación preliminar de condiciones de riesgo que requieran canalización a una autoridad competente; la autoridad, institución, albergue, persona o lugar de destino al que será canalizada; y el medio de traslado o forma de salida del punto de recepción.

Antes de concluir su intervención, el instituto deberá verificar que la persona cuente con un destino identificado o haya sido canalizada a una autoridad o institución competente cuando existan condiciones de riesgo para su vida, integridad, libertad, salud o seguridad, consolidando así el marco normativo para proteger a deportados.

Para conocer más sobre los trámites y servicios de asistencia a connacionales en el exterior, puedes consultar el portal del Instituto Nacional de Migración.

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