MEXICO, D.F.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reasumió un amparo en contra de dos artículos del Código Civil de Nuevo León, pues limita el matrimonio y el concubinato sólo para las parejas conformadas por un hombre y una mujer.
Esto al resolver la reasunción de competencia 26/2015, presentada por el ministro José Ramón Cossío Díaz, relacionada con el amparo, que considera que los artículos 147 y 291 Bis del Código son discriminatorios en razón de preferencia sexual.
El asunto deriva de un juicio de amparo promovido por 48 personas que se ostentaron como homosexuales y lesbianas residentes en el estado de Nuevo León.
La Primera Sala determinó reasumir su competencia para conocer de la revisión del juicio referido, pues podrá analizar el interés legítimo del colectivo para impugnar normas consideradas discriminatorias.
Ello aunque no exista acto de aplicación, particularmente respecto de la figura del concubinato, estableció la instancia de la SCJN al avalar la ponencia del ministro Cossío Díaz.
Además, la Primera Sala también podrá determinar la procedencia o no de medidas de reparación integral en el caso, como son la disculpa pública, indemnización y rehabilitación en el marco del artículo primero de la Constitución federal, como lo solicitaron los quejosos.
Discussion about this post