Monterrey, N.L.-
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) informó que no es posible vincular directamente los resultados que arroja el sistema de monitoreo ambiental de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, con los resultados de las denuncias interpuestas de Céntrika.
En el comunicado se explica que la Secretaría Estatal identifica en sus monitoreos la Calidad del Aire Ambiente basados en las Normas Oficiales Mexicanas, siendo dichas normas de calidad del aire, que establecen las concentraciones aceptables para la población en términos de los riesgos que los contaminantes representan para la salud humana en diferentes periodos de exposición.
Por otro lado, la facultad de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente es requerir a los responsables de las fuentes fijas de Jurisdicción Federal, el cumplimiento de los límites máximos permisibles (LMP) de emisión de contaminantes a la atmósfera, de acuerdo con las normas oficiales, las cuales establecen métodos de medición directos en la fuente emisora, con la finalidad de cuantificar los contaminantes emitidos hacia la atmósfera, a diferencia de las normas de salud de la Secretaría de Salud (SAA), que evalúan niveles de contaminación presentes en aire ambiente.
De lo anterior, se deduce que de los resultados de las mediciones a la calidad del aire, no se puede responsabilizar de manera directa a las empresas de la zona, ya que estos métodos no identifican el origen de los contaminantes.
Sin embargo, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente continuará vigilando el comportamiento de las emisiones de las industrias en la zona y dará seguimiento a procedimientos instaurados mediante denuncias ambientales, relativos a la competencia federal.