Monterrey, N.L.-
La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León (CEDHNL) acreditó que elementos de la Secretaría de Seguridad Pública de Guadalupe incurrieron en una ejecución extrajudicial, derivada del uso ilegítimo y excesivo de la fuerza pública, por lo que emitió la Recomendación por Violaciones Graves a Derechos Humanos 14VG/2026, dirigida a la corporación municipal.
En relación a hechos, registrados en marzo anterior, el organismo autónomo determinó que los agentes utilizaron de manera excesiva y desproporcionada la fuerza letal contra un hombre que se resistía a ser detenido y portaba un machete, en presencia de su hijo de cuatro años.
Derivado del suceso, la CEDHNL inició de oficio el expediente de queja luego de que el 19 de marzo de 2026 se difundiera información periodística sobre la muerte de un hombre a manos de policías municipales en la colonia Valle del Sol, un día después de los hechos.
Investigación de la CEDHNL sobre policías de Guadalupe
Conforme a la investigación de la CEDHNL, el 18 de marzo pasado elementos de la Secretaría de Seguridad Pública de Guadalupe acudieron a un reporte relacionado con una persona que presuntamente quemaba cable de cobre en la vía pública; al ser abordado, el hombre se negó a ser detenido y amenazó a los agentes con un machete.
La víctima se encontraba además con su hijo de cuatro años en brazos; ante la situación arribaron alrededor de 10 policías más, quienes participaron en las acciones para intentar detener al hombre.
La Comisión estableció que, después de diversas órdenes verbales y de que los agentes realizaran disparos de advertencia hacia el suelo y al aire, el hombre intentó huir.
Posteriormente, cuando se abalanzó con el machete contra uno de los policías que había caído al piso, otro elemento accionó su arma de cargo y le disparó.
El hombre murió en el lugar como consecuencia de la herida provocada por el proyectil; su hijo fue resguardado y posteriormente canalizado a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.
Determinación de violaciones a derechos humanos
Tras analizar los informes de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Fiscalía General de Justicia de Nuevo León, así como las entrevistas ministeriales de testigos, la CEDHNL concluded que los policías incumplieron diversas obligaciones relacionadas con la protección del derecho a la vida durante una detención.
El organismo señaló que los elementos debieron privilegiar el empleo de armas incapacitantes no letales sobre las armas de fuego, moderar la fuerza de acuerdo con la gravedad del hecho y reducir al mínimo los daños que pudieran ocasionarse a las personas involucradas.
La CEDHNL también determinó que se transgredieron los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad que deben regir el uso legítimo de la fuerza pública.
En materia de legalidad, señaló que los agentes no aplicaron de manera gradual los niveles de fuerza previstos en la Ley de Seguridad Pública del Estado.
Respecto al principio de necesidad, estableció que no se acreditó que se hubieran agotado previamente medios no violentos para controlar la situación.
La Comisión destacó que no se documentó el uso de armas no letales, tampoco se intentó el control físico de la persona ni se utilizaron armas incapacitantes no letales antes de recurrir al arma de fuego.
Además, consideró desproporcionada la respuesta policial al señalar que alrededor de 10 elementos armados enfrentaron a una sola persona que se resistía a la detención con un machete, por un hecho considerado de baja gravedad.
Para la CEDHNL, también resultó desproporcionado el disparo letal frente al objetivo de conseguir la detención del hombre, particularmente porque la acción ocurrió en presencia de su hijo de cuatro años.
Medidas de reparación e instrucciones para la corporación
Por estos hechos, el organismo reconoció como víctimas a la persona fallecida y a su hijo, madre y hermano, quienes deberán ser inscritos en el Registro Estatal de Víctimas para que la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas pueda ejercer las facultades legales correspondientes.
Entre las medidas de reparación integral, la CEDHNL recomendó a la Secretaría de Seguridad Pública de Guadalupe iniciar procedimientos de responsabilidad administrativa contra los servidores públicos que detonaron sus armas de fuego durante el operativo.
También pidió garantizar atención médica, psiquiátrica y psicológica gratuita, inmediata y accesible para las víctimas sobrevivientes, hasta alcanzar el nivel más alto de salud posible.
Asimismo, ordenó impartir cursos obligatorios al personal de la corporación sobre protección del derecho a la vida, prohibición de las ejecuciones extrajudiciales, el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley y los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego.
La capacitación deberá incluir también los niveles de uso de la fuerza pública, además de que la Secretaría deberá colaborar con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas.
La dependencia municipal cuenta con un plazo de 10 días hábiles, a partir de la notificación, para informar si acepta la Recomendación 14VG/2026 y en caso de aceptarla, tendrá otros 10 días hábiles para presentar las pruebas que acrediten su cumplimiento.
La CEDHNL reiteró que el uso de la fuerza por parte de las instituciones de seguridad debe ser excepcional y sujetarse estrictamente a los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y humanidad, con el objetivo de preservar la vida y la integridad de todas las personas.
Para más información, consulta el Portal Oficial de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León
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