Reynosa, Tamps.-
La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la candidatura de Gabriela Acevedo Mijangos a la diputación federal por el II Distrito electoral con cabecera en Reynosa por la Coalición “Movimiento Progresista”, conformada por el PRD, PT y Movimiento Ciudadano.
Por medio de un comunicado fechado el 7 de junio y publicado en el portal de internet del tribunal (http://portal.te.gob.mx/), se informa del resolutivo del juicio para la protección de los derechos político-electorales interpuesto por María Magdalena Avalos Montalvo en contra de la Comisión Coordinadora Nacional de la Coalición “Movimiento Progresista” archivada en el expediente SM-JDC-506/2012
La inconformidad de Avalos Montalvo se dio tras la designación de Acevedo Mijangos como candidata de la coalición a la diputación federal por el Distrito II con cabecera en Reynosa.
De acuerdo a la demandante, una vez que los dirigentes de la coalición decidieron sustituir a Camilo Martínez como abanderado en Reynosa para cumplir con la cuota de género en las nominaciones, ella tenía derecho a la candidatura a la diputación federal en lugar de Acevedo Mijangos, ya que era la única mujer registrada como precandidata a este cargo de elección popular.
Y aunque el tribunal reconoció este argumento, al final resolvió en contra de la demandante.
“Pues si bien es cierto que (Avalos Montalvo) fue precandidata a Diputada federal por dicho distrito en la mencionada entidad federativa por parte del Partido de la Revolución Democrática, lo cierto es tal candidatura correspondía al Partido del Trabajo”, cita la resolución.
Al mismo tiempo, la Sala Monterrey resolvió amonestar públicamente a la Comisión Coordinadora Nacional de la Coalición “Movimiento Progresista” por la forma en la que se llevaron a cabo la selección de sus candidatos “y se le conmina para que en lo sucesivo de cabal cumplimiento a las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias, relativas al trámite de los medios de impugnación, en términos del considerando último de esta sentencia”.
De acuerdo a los documentos del resolutivo, la decisión se tomó de manera unánime por los Magistrados Rubén Enrique Becerra Rojasvértiz, Beatriz Eugenia Galindo Centeno y Georgina Reyes Escalera.
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