Con base en la legislación electoral las causas de sustitución de candidatos por renuncia, muerte, incapacidad judicial o médica de una persona debe ser 10 días antes de la jornada constitucional, en este caso el 22 de mayo de 2024, como se han presentado en otros procesos.
Sin embargo, las representaciones políticas de partidos o candidatos a cargos de elección popular saben también que la ley es muy clara, y que una vez que la autoridad electoral proceda a la impresión de las boletas con los registros aprobados por consejos municipales, distritales o de manera supletoria el Consejo General “bajo ningún motivo se pueden reimprimir boletas, si la sustitución se efectúa cuando estén impresas”, precisó Juan José Ramos Charre.
El presidente del Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam), reveló que en base al convenio de colaboración con el INE, se solicitó realizar una compulsa al Registro Federal de Electores (RFE) de los poco más de dos mil candidatos postulados por partidos políticos y coaliciones, para determinar entre otras cosas, si son elegibles.


