México, D.F.-
Para preservar la seguridad de las personas y los usuarios, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) recordó que los Sistemas de Aeronave Pilotada a Distancia (RPAS), entre ellos los drones, sin importar su peso, solo podrán ser usados en el día y en áreas que no sean prohibidas, restringidas o peligrosas.
En un comunicado, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) precisó que este tipo de dispositivos deberán estar al menos a 9.2 kilómetros de distancia de los aeropuertos controlados, a 3.7 de los aeródromos no controlados y a 900 metros de helipuertos, aunado a que no podrán dejar caer objetos que puedan lesionar a personas o bienes.
Explicó que la regulación publicada en la circular CO AV 23/10 R2 se divide en dos vías: por el peso de la aeronave y por su uso, ya sea recreativo o comercial, cuyos operadores sean personas físicas o morales, están obligados a seguir los lineamientos ya establecidos.
En cuanto al peso de la aeronave, la dependencia expuso que para todos los dispositivos se hace una clasificación de tres categorías: de hasta dos kilogramos (kg) de peso, de hasta 25 kg y de 25 kg en adelante.
De esta manera, la dependencia federal señaló que los dispositivos recreativos y con un peso de dos kg sólo podrán ser usados en clubes de aeromodelismo y no requieren autorización de la DGAC.
En tanto, los drones de uso comercial que pesen más de 25 kg, sólo podrán volar en los términos y condiciones que permite la DGAC, además de que su operador debe tener una licencia de piloto.
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