Hoy entra en vigor la Ley General para el Control de Tabaco en todos los estados de la República Mexicana, que prohibe fumar en espacios públicos cerrados.
En términos generales, las entidades se han declarado listas para hacer acatar esta disposición de carácter federal que pretende que haya lugares ciento por ciento libres de humo de tabaco.
Asimismo, la legislación establece sanción de hasta de 36 horas de cárcel a quien no acate esta disposición y obliga a las empresas tabacaleras a colocar en las cajetillas imágenes sobre los efectos del consumo de cigarrillos.
Además, contempla la aplicación de multas de 100 a 10 mil salarios mínimos y el cierre temporal o definitivo de los lugares que violen dicha legislación, sanción que puede llegar hasta 20 mil salarios mínimos, equivalentes a un millón de pesos, en caso de reincidencia.
La nueva legislación establece espacios ciento por ciento libres de humo de tabaco en áreas físicas públicas, centros de trabajo públicos y privados y universidades o instituciones de educación superior.
Dichos lugares deberán contar con zonas exclusivas para fumar al aire libre o en espacios cerrados con mecanismos para evitar el paso del humo.
Además, se colocarán letreros en lugares visibles para informar sobre los espacios libres de humo de tabaco y de las zonas exclusivas para fumar y se indicarán los números telefónicos para denunciar alguna violación.
Con ello, cualquier ciudadano podrá presentar una denuncia si detecta el incumplimiento de la ley, y la autoridad competente deberá salvaguardar la identidad e integridad del denunciante.
El pasado 26 de febrero, el Senado de la República aprobó la Ley General para el Control del Tabaco, la cual entra en vigor hoy en toda la República Mexicana , después de que hace 90 días fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
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