México, D.F.-
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo este miércoles la acción colectiva que promovió la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en contra de Nextel, empresa sentenciada por un tribunal unitario a indemnizar a sus clientes por mala calidad del servicio.
La Primera Sala del máximo tribunal aprobó por unanimidad revisar el amparo directo que interpuso Nextel para impugnar la sentencia, y el de Profeco en contra de los términos de cumplimiento, a fin de establecer criterios sobre este tipo de demandas.
Los ministros destacaron que el interés y trascendencia de los amparos es que, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto, la Primera Sala podrá emitir criterios para definir, por ejemplo, mecanismos de defensa de derechos de consumidores en materia de telecomunicaciones.
En particular, precisaron, criterios que faciliten disputas y resarcimientos a los consumidores por los daños y perjuicios que les ocasionen las empresas proveedoras del servicio, de acuerdo con el proyecto que propuso a sus colegas el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Consideraron que también se podrán elaborar criterios acerca de si, para acreditar el daño ocasionado por el proveedor, los usuarios deberán presentar evidencia de las fallas de servicio, pese a que la acción grupal se declaró procedente en la primera fase del juicio.
Se analizará además si esto imposibilita a los consumidores, en la segunda etapa, para poder exigir la indemnización que les corresponde, considerando que esa información únicamente la posee la concesionaria.
El litigio inició cuando la Profeco, en ejercicio de la acción de grupo, demandó en juicio ordinario civil a Nextel y varias de sus filiales la indemnización de al menos 20% sobre el monto correspondiente al tiempo que los afectados no disfrutaron del servicio contratado y que pagaron en su totalidad.
El juez del caso absolvió a las demandadas del pago de la indemnización reclamada, por considerar que era necesaria la prueba pericial para interpretar los informes entregados a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).
Ambas partes interpusieron recurso de apelación ante un tribunal unitario, que condenó a Nextel a pagar. En contra de este fallo ambas partes promovieron los amparos que el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil envió a la Corte solicitando ejercer su facultad de atracción.
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