Culiacán, Sinaloa
Con un trámite administrativo ante el Registro Civil, las personas pueden tramitar su cambio de identidad de género, con un registro en sus actas de nacimiento primigenia, las cuales se mantendrán en reserva, sin expedición de constancias oficiales, aprobó el Congreso del Estado en su segunda sesión extraordinaria.
En la sesión se detalló que las personas interesadas en el cambio de identidad de género pueden promover ante un Juez de lo Familiar dicho trámite, a fin de que emita una resolución en ese sentido y se dé por la vía administrativa.
Por lo que respecta a menores de edad, el Registro Civil con apoyo tendrá que recabar los consentimientos de estos, en base a dictámenes que avalen su madurez y disposición para cambiar de identidad de género y con el beneplácito de los padres.