Cd. de México.-
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó frenar el dictado de las sentencias en todos los amparos que las empresas tramiten contra la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), publicada en marzo de 2021, hasta que los ministros analicen su constitucionalidad.
Este martes, la Corte publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para notificar a todos los interesados que, mientras resuelve las controversias constitucionales y la acción de inconstitucionalidad que se tramitan en el Máximo Tribunal, los jueces de amparo seguirán dando trámite a las demandas que sean presentadas pero no podrán dictar sus sentencias.
Esto, para evitar resoluciones que resulten contrarias al criterio que eventualmente dicte la corte sobre el problema de constitucionalidad del Decreto por el que se publicó la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica.
Las controversias constitucionales y la acción de inconstitucionalidad fueron presentadas por la Comisión Federal de Competencia Económica, el poder Ejecutivo de Colima y senadores de la oposición.
Mientras que en el Primer y Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en materia Administrativa, Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República están en trámite 17 recursos de revisión derivados de los amparos tramitados ante los dos jueces especializados en la misma materia.
En los amparos, los jueces han concedido suspensiones para evitar la entrada en vigor la reforma con efectos generales porque consideraron que conceder la medida para una sola empresa le daría ventaja competitiva sobre el resto de los participantes del sector.