México, D.F.-
El Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ordenó a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) buscar y, en su caso, entregar la base de datos con la que cuente en sus archivos, que contenga el historial de verificación de gasolineras, considerando la información de cada estación de servicio y las visitas a éstas, respecto del periodo comprendido entre el mes agosto de 2012 y el mes de agosto de 2013.
Un particular solicitó ante la Unidad de Enlace de la Profeco, la base de datos que reflejara el historial de verificación de gasolineras a un determinado nivel de desglose.
En respuesta a la petición del particular, la Profeco, mediante la Dirección de Verificación de Combustibles, se limitó a proporcionar nuevamente la información que había localizado el solicitante en la respuesta a un requerimiento diverso, con número de folio 1031500023912, cuyos datos comprendían entre el año 2007 y el mes de julio de 2012, además de entregar respecto del periodo comprendido entre el mes de agosto de 2012 y el mes de agosto de 2013, un cuadro con datos generales que no atendían el nivel de desglose requerido.
Inconforme con la respuesta, el particular interpuso un recurso de revisión ante el IFAI, el cual fue turnado al comisionado ponente Ángel Trinidad Zaldívar para su tramitación.
En alegatos, la Profeco manifestó no contar con un concentrado como el detallado en la respuesta a la solicitud de acceso diversa, es decir, gasolinera por gasolinera, en virtud de que actualmente llevaba un control genérico.
En este sentido, dio a conocer los datos generales para el año 2013; respecto a las verificaciones realizadas a nivel nacional, informó que se han efectuado 2 mil 211, y sobre las verificaciones con inmovilización por gasto (litros incompletos), se han aplicado 260 en el país.
En el análisis del caso, el comisionado ponente advirtió que si bien la Profeco entregó información estadística relacionada con la solicitud, ésta no contenía el nivel de desglose especificado.
De la revisión normativa, se observó que dicho sujeto obligado tiene facultades para vigilar y verificar a nivel nacional, mediante sus oficinas foráneas, el funcionamiento de estaciones de servicio o gasolineras, llevar a cabo el procedimiento respectivo en caso de posibles irregularidades en la venta del producto y, en su caso, aplicar las sanciones correspondientes.
Asimismo, advirtió la existencia de elementos adicionales que permiten considerar que el sujeto obligado podía contar con la información requerida al nivel de detalle especificado, tomando en cuenta la respuesta que la propia Profeco dio en la solicitud de información diversa referida; y del estudio de las atribuciones de sus unidades administrativas se encontró que la Profeco no efectúo una búsqueda en la totalidad de todas aquellas estimadas como competentes para atender la petición, al omitir consultar los archivos de la Coordinación General de Planeación, la Dirección General de Delegaciones, la Dirección General de Informática y las Delegaciones, incluyendo sus Subdelegaciones, las cuales por sus funciones podrían conocer de la información requerida.
Por lo anterior, a propuesta del comisionado ponente Ángel Trinidad Zaldívar, el Pleno del IFAI revocó la respuesta de la Profeco para instruirle a hacer una búsqueda en todas sus unidades administrativas competentes, considerado a las antes mencionadas; a efecto de identificar y, en su caso, entregar al particular, respecto del periodo comprendido entre el mes de agosto de 2012 y el mes de agosto de 2013, una base de datos del historial de verificación de gasolineras, incluyendo la información de cada gasolinera y de las visitas realizadas a éstas, en congruencia con el nivel de desglose contenido en la respuesta a la solicitud de acceso a la información diversa con número de folio 1031500023912.
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